DECRETO 5619/2010 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2010/12/15 • PY/LEGI/069I
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Organismo público -- Creación de la Comisión Interinstitucional para la instalación e implementación de la red de sitios históricos y de conciencia, de la República del Paraguay.
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio del Interior, en la cual se solicita la creación de la Comisión Interinstitucional para la instalación e implementación de la Red de Sitios Históricos y de Conciencia de la República del Paraguay, de acuerdo al informe final de la Comisión de Verdad y Justicia. La Ley Nº 2225/03 por la cual se crea la “Comisión de Verdad y Justicia (CVJ)”, a los efectos de investigar los hechos que constituyen o pudieran constituir violaciones a los derechos humanos cometidos por agentes estatales o paraestatales (1954 - 2003) y elaborar recomendaciones para la adopción de medidas para evitar que estos hechos se repitan. El Decreto Nº 1875/09 “Por el cual se declara de Interés Nacional el Informe de la Comisión de Verdad y Justicia, su divulgación y la implementación de las recomendaciones formuladas”. El Decreto Nº 3138/09 que declara de prioridad nacional los objetivos del Programa para la Protección y Reparación de los Derechos Humanos, a cargo de la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación de la Defensoría del Pueblo. La Resolución Nº 179/09 “Por la cual se establece la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación, en la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo”. La Resolución Nº 1008/09 “Por la cual se modifica la estructura organizacional de la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación, establecida por resolución Nº 179/09”; y CONSIDERANDO: Que la propuesta de Red de Sitios Históricos y de Conciencia tiene por objetivo recuperar la memoria de estos sitios y establecer conexión entre la historia y sus implicaciones contemporáneas, y construcción de la memoria histórica del pasado reciente. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1.- Créase la Comisión Interinstitucional para la instalación e implementación de la Red de Sitios Históricos y de Conciencia, con sede en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, como órgano ejecutivo y administrador de la citada Red.
Art. 2
Art. 2.- La Comisión Interinstitucional para la declaración y vigencia de la Red de Sitios Históricos y de Conciencia estará constituida por los siguientes organismos del Estado, Corte Suprema de Justicia, Ministerio de Justicia y Trabajo, Ministerio del Interior, Ministerio de Educación y Cultura, Secretaría Nacional de Cultura, Ministerio de Defensa Nacional, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Relaciones Exteriores, asimismo como las Entidades Binacionales de Itaipú y Yacyretá, y en su carácter consultivo organizaciones de la sociedad civil. La coordinación de la Comisión estará a cargo de la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación de la Defensoría del Pueblo.
Art. 3
Art. 3.- Será estructurada en un órgano ejecutivo y administrador, conformado por los entes del Estado mencionados más arriba, y un órgano consultivo conformado por organismos de la sociedad civil.
Art. 4
Art. 4.- El presente decreto será refrendado por el Ministerio del Interior.
Art. 5
Art. 5.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.