DECRETO 1875/2009 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2009/04/23 • PY/LEGI/017C
VigenteDECRETO2009MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/017C
Declaración de interés nacional del Informe de la Comisión de Verdad y Justicia, su divulgación y la implementación de las recomendaciones formuladas.
VISTO: La presentación del Informe de la Comisión de Verdad y Justicia y el pedido formulado por nota DGVJRN° 217/09 de la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación - Defensoría del Pueblo; y CONSIDERANDO:Que la Comisión de Verdad y Justicia ha entregado el Informe Final de su investigación en cumplimiento del mandato de la Ley 2225/03. Que corresponde al Gobierno articular medidas destinadas a implementar las recomendaciones y medidas reparatorias formuladas en el informe final; difundir el contenido del Informe Final a nivel nacional e internacional; fomentar el interés ciudadano por conocer la verdad histórica y documentada de las violaciones ocurridas en el Paraguay durante el periodo de 1954-1989; preservar la memoria histórica y principalmente contribuir para que hechos de violación a los Derechos Humanos, como los cometidos, nunca más vuelvan a ocurrir en el Paraguay. Que el Gobierno Nacional considera prioritario este compromiso con la ciudadanía como una de las medidas reparatorias. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Declárase de Interés Nacional el Informe de la Comisión de Verdad y Justicia, su divulgación y la implementación de las recomendaciones formuladas, durante el presente periodo presidencial.
Art. 2
Art. 2º.- Facultase a los siguientes Organismos e Instituciones del Estado a proveer la colaboración de Recursos Humanos, logísticos, administrativos y Financieros a la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación - Defensoría del Pueblo, para el eficiente cumplimiento de las funciones trazadas:
Ministerio del Interior
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social
Ministerio de Obras Publicas y comunicaciones
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Hacienda
Secretaria Nacional de Turismo
Secretaria de la Niñez y Adolescencia
Secretaria de la Mujer
Secretaria Técnica de Planificación
Secretaria de Acción Social
Itaipú Binacional
Entidad Binacional Yacyretá
Otras instituciones gubernamentales cuyo concurso sea necesario para el logro de los objetivos.
Art. 3
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 4
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.