QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA PAZ, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 586, UBICADO EN LA ZONA URBANA DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA N° 731 "MARISCAL FRANCISCO SOLANO LOPEZ".
VigenteLEY2014PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0E6W
Desafectación del dominio público -- Desafectación del dominio público municipal y autorización a la Municipalidad de la Paz, a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 586, ubicado en la zona urbana del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 731 "Mariscal Francisco Solano López".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°. Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de La Paz, a transferir a Título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 586 del Distrito de La Paz, con Cta. Cte. Ctral. N° 23-0001-05, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 23 de enero de 2004, ubicado en la zona urbana del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 731 "Mariscal Francisco Solano López", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Línea 1-2: Con rumbo N 45° E (Norte, cuarenta y cinco grados, Este), mide 25 m (veinticinco metros), linda con la Calle 5ta;
Línea 2-3: Con rumbo S 45° E (Sur, cuarenta y cinco grados, Este), mide 100 m (cien metros), linda con los Lotes N°s 1 y 3, de la Manzana N° 2;
Línea 3-4: Con rumbo S 45° W (Sur, cuarenta y cinco grados, Oeste), mide 25 m (veinticinco metros), linda con la Avenida Inmigrantes; y,
Línea 4-1: Con rumbo N 45° W (Norte, cuarenta y cinco grados, Oeste), mide 100 m (cien metros), linda con los Lotes N°s 2 y 4, de la Manzana N° 1.
SUPERFICIE: 2.500 m2 (DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS).
Los puntos 3 y 4 tienen las coordenadas (U.T.M.)
Punto N° 3: E = 609.961,91 N = 7.013.463,98
Punto N° 4: E = 609.944,23 N = 7.013.446,30
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintinueve días de abril del año dos mil catorce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiséis días de junio del año dos mil catorce, y queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.
Juan Bartolomé Ramírez Brizuela
Presidente
H. Cámara de Diputados
Julio César Velázquez Tillería
Presidente
H. Cámara de Senadores
Hugo L. Rubin G.
Secretario Parlamentario
Blanca Fonseca Legal
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 17 de julio de 2014.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Francisco Jose de Vargas Benitez
Ministro del Interior