POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA, LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS Y LA MODIFICACION DE LAS CUOTAS DE GASTOS DEL PLAN FINANCIERO, APROBADO POR DECRETO N° 8450 DEL 22 DE FEBRERO DE 2012, DENTRO DEL PRESUPUESTO 2012 DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA, NORMALIZACION Y METROLOGIA.
VigenteDECRETO2012MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0CSK
Transferencia de créditos - - Autorización al Ministerio de Hacienda para la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto 8450/2012, dentro del Presupuesto 2012 del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología.
VISTO: La presentación efectuada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (Expediente M.H. N° 17.116/2012), en la que solicita la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del plan financiero, aprobado por Decreto N° 8450 del 22 de febrero de 2012, dentro del Presupuesto 2012 de la mencionada Institución; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 24 de la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado", establece: "Transferencias de Créditos y cambio de fuente de financiamiento. Durante el proceso de ejecución presupuestaria, las transferencias de créditos se realizarán: a) por Decreto del Poder Ejecutivo, cuando se trate de transferencias de crédito dentro de un mismo organismo o entidad del Estado;...El Poder Ejecutivo podrá autorizar por Decreto el cambio de la fuente de financiamiento previsto en el Presupuesto General de la Nación, cuando los recursos provenientes de ellas resultaren insuficientes para cubrir el gasto del rubro afectado". Que el Artículo 18 de la Ley N° 4.581/2011 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2012", establece: "Los incrementos de los Subgrupos de Objetos de Gastos 120, 130, 140, 150 y 190 de los "Servicios Personales", que se realicen por modificaciones presupuestarias deberán estar financiados con los créditos asignados al mismo grupo; con excepción de los créditos presupuestarios necesarios para cumplir en tiempo y forma con las contrapartidas locales; los financiados con recursos del crédito público y donaciones de conformidad con los respectivos convenios; modificaciones del anexo del personal autorizadas por esta Ley; y la previsión de créditos presupuestarios destinados al pago de remuneraciones del personal con el Objeto del Gasto 199, Otros Gastos del Personal, que podrán ser Financiados con otros gastos corrientes". Que el Artículo 40 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2012) del Decreto N° 8334/2012 establece: "a)...transferencia de créditos, cambio de fuentes de financiamiento, origen del ingreso u organismo financiador, código de departamento de un programa a otro dentro de un mismo Organismo o Entidad, que debe ser autorizado por Decreto del Poder Ejecutivo... ". Que el Departamento del Sector Financiero, Entidades de Regulación y Control de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, se expidió en los términos del Informe D.S.F.E.R. y C. N° 126 del 25 de mayo de 2012. Que lo solicitado por la Institución recurrente permitirá cubrir gastos del personal de la entidad, así como también posibilitará cumplir con el aporte patronal al IPS, según justificaciones expuestas en el Anexo B-04-03 "Fundamentación de las Modificaciones Presupuestarias". POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 8450 del 22 de febrero de 2012, dentro del Presupuesto 2012 del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, por un monto total de setecientos treinta y nueve millones seiscientos setenta y se nueve mil noventa y seis guaraníes (G. 739.679.096.-) conforme a los anexos que se adjuntan y forman parte de este Decreto.-
Art. 2
Art. 2°.- Establécese . que las autoridades encargadas de la ejecución presupuestaria del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, serán responsables del cumplimiento del Decreto N° 8334/2012, Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2012), Numeral 03-02, Artículo 32, Inciso f).
Art. 3
Art. 3°.- Establécese que las autoridades del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, serán responsables por la inclusión en sus presupuestos de recursos y créditos, planes y programas que no guarden relación directa con los fines y objetivos previstos en la ley o sus cartas orgánicas, de conformidad a lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado".
Art. 4
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro d Hacienda.
Art. 5
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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