POR EL CUAL SE CONFORMA EL CONSEJO AD HOC DE REGULACIÓN PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 5230/2014 «QUE ESTABLECE EL COBRO ELECTRÓNICO DEL PASAJE DEL TRANSPORTE PÚBLICO».
VigenteDECRETO2021MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/RYOBHL
Transporte público -- Conformación del Consejo ad hoc de regulación para la reglamentación de la Ley N° 5230/14 «Que establece el cobro electrónico del pasaje del transporte público».
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones mediante la cual se solita la actual conformación del Consejo ad hoc de Reglamentación de la Ley Nº 5230/2014; y Considerando: Que la Ley Nº 5230/2014, en su artículo 5º, establece: «Que el Consejo ad hoc estará compuesto por: a) El Viceministerio de Transporte, quien lo presidirá b) Un representante de los Municipios del país c) El Director de Defensa del Consumidor d) Un representante de gremio de los Empresarios del Transporte Público de Pasajeros e) Un representante del gremio de Usuarios del Transporte Público de Pasajeros; y f) Un representante del Sistema Nacional de Calidad». Que mediante el artículo 1º, del Decreto Nº 2132, del 26 de agosto de 2014, el Poder Ejecutivo nombró a los Miembros del Consejo Ad Hoc de reglamentación de la mencionada Ley, modificado por el Decreto Nº 1061/2018. Que en fecha 8 de abril de 2021, por Decreto Nº 5094, se nombró al señor Víctor Omar Sánchez Chamorro como Viceministro de Transporte, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, en reemplazo del señor Pedro David Britos Espínola. Que ante la situación descrita en el párrafo anterior y el nombramiento de una nueva autoridad, corresponde modificar el artículo 1º del mencionado Decreto Nº 2132/2014 y designar nuevo presidente y representante por el Viceministerio de Transporte. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1º.- Conformase el Consejo Ad Hoc de regulación para la reglamentación de la Ley Nº 5230/2014 «Que establece el cobro electrónico del pasaje del transporte público» de la siguiente manera:
«Art. 2º.- Desígnense como Miembros del Consejo Ad Hoc de Reglamentación de la Ley Nº 3230/2014, a las siguientes personas:
Por el Gabinete del Viceministro de Transporte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones:
1. Miembro Titular: señor Víctor Omar Sánchez Chamorro, Viceministro de Transporte.
2. Miembro Suplente: señor Juan Vidal Bonin, Director de la Dirección Nacional de Transporte.
Por los Municipios del país:
1. Miembro Titular: señora Norma Godoy Jorgge.
2. Miembro Suplente: señor Ricardo Núñez Giménez.
Por la Secretaría de Defensa del Consumidor:
1. Miembro Titular: señor Juan Estigarribia López.
2. Miembro Suplente: señor Jorge Barreto Mendieta.
Por el Gremio de Empresarios del Transporte Público de pasajeros:
1. Miembro Titular: señor Armin Hanner.
2. Miembro Suplente: señor Ignacio Cárdenas.
Por el Sistema Nacional de Calidad - Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología:
1. Miembro Titular: señor Ignacio Camacho González.
Art. 2
Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
2. Miembro Suplente: señora Alba Carrera Urbieta.