QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, APROBADO POR LEY N° 6026, DE FECHA 9 DE ENERO DE 2018 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018” - CONGRESO NACIONAL, CÁMARA DE SENADORES Y CÁMARA DE DIPUTADOS.
VigenteLEY2018PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0GD5
Presupuesto General de la Nación -- Modificación del Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2018 aprobado por Ley N° 6026/2018 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2018”, con respecto al Congreso Nacional - Cámara de Senadores y Cámara de Diputados.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Apruébese la modificación de los ingresos del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por la Ley N° 6.026, de fecha 9 de enero de 2018, afectando a las Entidades 11 01 Congreso Nacional y 11 02 Cámara de Senadores, por un monto total de G. 2.825.334.077 (Guaraníes dos mil ochocientos veinticinco millones trescientos treinta y cuatro mil setenta y siete), de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Art. 2
Art. 2°.- Apruébese la modificación de los créditos del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado, por la Ley N° 6.026, de fecha 9 de enero de 2018, afectando a las Entidades 11 01 Congreso Nacional y 11 02 Cámara de Senadores, por un monto total de G. 3.496.791.727 (Guaraníes tres mil cuatrocientos noventa y seis millones setecientos noventa y un mil setecientos veintisiete), de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Art. 3
Art. 3º.- Autorizase la transferencia de créditos del Presupuesto General de la Nación, para el Ejercicio Fiscal 2018, entre las entidades 11 01 Congreso Nacional y 11 02 Cámara de Senadores, por un monto de G. 300.000.000 (Guaraníes trescientos millones) de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Art. 4
Art. 4°.- Apruébese la modificación del Anexo de Remuneraciones del Personal de las Entidades Congreso Nacional y Cámara de Senadores, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Art. 5
Art. 5º.- Apruébese la modificación de los créditos del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por la Ley N° 6.026, de fecha 9 de enero de 2018, afectando a la Entidad 11 03 Cámara de Diputados, por un monto total de G. 3.283.000.000 (Guaraníes tres mil doscientos ochenta y tres millones), de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de esta ley.
Art. 6
Art. 6º.- Dispóngase que la modificación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal, será con carácter de excepción con lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 6.026, del 9 de enero de 2018 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018”.
LEY 6026/2018 art. 21
Art. 7
Art. 7º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria en el Ejercicio Fiscal vigente a la fecha de promulgación de esta ley.
Art. 8
Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Miguel Jorge Cuevas Ruíz Díaz - Presidente - H. Cámara de Diputados
Silvio Ovelar B. - Presidente - H. Cámara de Senadores
Carlos Núñez Salinas - Secretario Parlamentario
Oscar Salomón - Secretario Parlamentario
Anexo