DECRETO 63/2008 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO (M.J.T.) • 2008/08/18 • PY/LEGI/097D
VigenteDECRETO2008MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJOPY/LEGI/097D
Reasigna rubro a funcionario dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo.
Visto: La presentación radicada por el Ministerio de Justicia y Trabajo, por la cual solicita la reasignación de rubro de funcionario dependiente de la citada Secretaría de Estado; y Considerando: Que la Constitución Nacional, en su Artículo 238, Numeral 1), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República administración general del país. Que el señor Alberto Ozorio Vázquez fue nombrado como funcionario del Ministerio de Justicia y Trabajo en el cargo de Director, categoría B27, conforme a los términos del Decreto 1419 del 22 de diciembre de 1997. Que la Ley Nº 1626/00 "De la Función Pública", establece en su Artículo 8º, establece que los funcionarios que ocupen cargos de confianza podrán ser removidos por disposición de quien esté facultado para el efecto por la ley o, en ausencia de éste, por la máxima autoridad del organismo o entidad respectivo del Estado. La remoción de estos cargos, aún por causas no imputables al funcionario, no conlleva los efectos económicos del despido. Los funcionarios que hayan sido promovidos a ocupar estos cargos conservan los derechos adquiridos con anterioridad al respectivo nombramiento. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, El Presidente de la República del Paraguay Decreta:
Art. 1
Art. 1º.- Reasignase al señor Alberto Ozorio Vázquez, con Cédula de Identidad Nº 484.561, como funcionario del Programa Vigilancia de la Aplicación de Normas Laborales, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, cargo Director, categoría B27, al cargo de Director, categoría B21, del Programa de Vigilancia de la Aplicación de Normas Laborales, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo.
Art. 2
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Justicia y Trabajo.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.