RESOLUCION 176/2004 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2004/04/28 • PY/LEGI/0AJF
VigenteRESOLUCION2004MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0AJF
Aduana - Administración de aduana - Dpto. de Alto Paraná - Distrito de Ciudad del Este - Local de la firma Bussines Corporation Intern
VISTA: La Ley N° 1173/85, "Código Aduanero", artículo 285°, inciso e), la propuesta formulada por la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio, para la habilitación de una Administración de Aduana en la propiedad de la firma "Bussines Corporation International S.A. Comercial e Industrial" y la Resolución M.II. N° 164/2004; y CONSIDERANDO: Que dentro de las políticas del Gobierno Nacional está el de facilitar las operaciones de comercio exterior, por lo que resulta conveniente la habilitación de una nueva Administración de Aduana en la zona del Alto Paraná, dada la importancia del flujo comercial en dicha región. Que se han realizado los estudios y proveídos los informes correspondientes para habilitar la mencionada administración, pudiendo destacarse lo concerniente a la instalación de los requerimientos señalados por la Administración del Sistema Informático SOFIA para la automatización de los servicios de dicha Administración y que en virtud del Art. 285°, inciso e) del Código Aduanero, resulta procedente dictar la Resolución pertinente. Que asimismo, para la habilitación de la nueva Administración de Aduana, se ha suscrito el Convenio entre la Administración Nacional de Navegación y puertos (ANNP) y la firma Bussines Corporation International S.A. Comercial e Industrial. Que la Abogacía del Tesoro de este Ministerio se ha expedido favorablemente en los términos del Memorando A.T. N° 36 de fecha 28 de abril del corriente año. POR TANTO EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Autorizar la Habilitación de una Administración de Aduana en el local de la firma Bussines Corporation International S.A. Comercial e Industrial (B.C.I.S.A.), ubicado en el Km. 10 de la Ruta VII, Distrito de Ciudad de Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 285°, inciso e) de la Ley N° 1173/85, "Código Aduanero".
Art. 2
Art. 2°.- Facultar a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio, a adoptar las medidas indispensables para el más eficiente cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Dejar sin efecto la Resolución M.H. N° 164 del 26 de abril de 2004.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda y archivar.
El Ministro de Hacienda:
Dr. Dionisio Borda