DECRETO 347/2008 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2008/10/01 • PY/LEGI/09AN
Sin vigenciaDECRETO2008MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/09AN
Organismo Público -- Aprobación de la estructura orgánica y funcional de la Procuraduría General de la República.
VISTO: La Nota PGR N° 556/08 del 25 de setiembre de 2008, en la cual la Procuraduría General de la República expresa la necesidad del fortalecimiento institucional, estableciendo la estructura orgánica y funcional de la Procuraduría General de la República, solicitando su aprobación correspondiente; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numerales 1), 2) y 5) de la Constitución Nacional, atribuye a quien ejerce la Presidencia de la República, la facultad de dirigir la administración general del país, a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes, así como también dictar Decretos, que para su validez requieren el refrendo del Ministro del ramo. Que, el fortalecimiento institucional resulta necesario para afrontar los desafíos impuestos a la Procuraduría General de la República, tanto por la Constitución Nacional en su Artículo 246 "De los Deberes y de las Atribuciones", así como por las metas impuestas por el Gobierno Nacional POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Articulo 1º.- Apruébase la estructura orgánica y funcional de la Procuraduría General de la República, que estará conformada por los siguientes niveles y áreas, cuyas denominaciones son las siguientes:
Nivel de Apoyo al Despacho del
Procurador General
Secretaría Privada
Asesoría Legal
Asesoría Económica y Financiera
Auditoría Interna
Nivel de Apoyo Administrativo
Dirección General de Gabinete
Secretaría General
Jefatura de Mesa de Entrada
Jefatura de Archivo
Coordinación de Seguridad
Jefatura de Transporte
Nivel Operativo
Dirección General Jurídica
Procuradurías Delegadas - Unidades Especializadas
Asistentes de Procuradurías Delegadas
Nivel de Apoyo Técnico
Dirección General de Administración Y Finanzas
Dirección de Contabilidad
Dirección de Tesorería
Dirección de Presupuesto
Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones
Dirección de Recursos Humanos
Dirección de Informática
Dirección de Servicios Generales
Dirección General de Relaciones Interinstitucionales y Comunicaciones
Dirección de Relaciones Públicas
Dirección de Prensa
Dirección de Comunicación Interinstitucional
Dirección de Capacitación y Especialización Jurídica
Art. 2
Art. 2°.- Encomiéndase al Ministerio de Hacienda a adoptar las medidas administrativas, legales y presupuestarias que correspondan para facilitar la aplicación de este Decreto.
Art. 3
Art. 3°.- El Organigrama Anexo forma parte integrante de este Decreto.
Art. 4
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 5
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.
Jefatura de Biblioteca
Dirección del Servicio de Atención al Público (SAP)
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