POR LA CUAL SE PRORROGA LA ENTRADA EN VIGENCIA AL 21 DE MAYO DE 2020 DE LA RESOLUCIÓN DNCP N° 1363/2020 “POR LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLIEGO ESTÁNDAR ELECTRÓNICO DE BIENES, LOS PLIEGOS ESTÁNDAR ELECTRÓNICOS PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR, SE ACTUALIZA EL CRONOGRAMA Y SE DISPONE LA DIFUSIÓN DEL CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN GRADUAL DE LOS PLIEGOS.
VigenteRESOLUCION2020DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/JZ2LKE
Contrataciones del Estado -- Prórroga de la entrada en vigencia hasta el 21 de mayo de 2020 de la Resolución DNCP N° 1363/2020 “Por la cual se aprueba la actualización del pliego estándar electrónico de bienes, los pliegos estándar electrónicos para la adquisición de alimentación escolar, se actualiza el cronograma y se dispone la difusión del cronograma para la implementación gradual de los pliegos”.
Visto: La Resolución DNCP Nº 1363/2020 “POR LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLIEGO ESTÁNDAR ELECTRÓNICO DE BIENES, LOS PLIEGOS ESTÁNDAR ELECTRÓNICOS PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR, EL CRONOGRAMA Y LA DIFUSIÓN DEL CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN GRADUAL DE LOS PLIEGOS ESTÁNDAR ELECTRÓNICOS”. Considerando: El Artículo 1º de la Ley 3439/2007, que modifica el Artículo 5° de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y crea la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), como institución reguladora y verificadora de las contrataciones que caen bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones. El Artículo 3° de la Ley 3439/2007, que establece entre las funciones y atribuciones de la DNCP: a) Diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los Organismos, las Entidades y las Municipalidades; h) Crear y mantener el Sistema de Información de Contrataciones Públicas, el que estará conectado al Sistema Integrado de Administración de Recursos del Estado (SIARE), para lo cual el Ministerio de Hacienda proveerá los accesos necesarios, y; x) Establecer políticas generales de gobierno electrónico en el ámbito de las contrataciones públicas y dictar los lineamientos técnicos y administrativos para el uso de los medios remotos de comunicación electrónica. El Artículo 21 de la Ley 3439/2007, que dispone que los trámites y actuaciones que conforman los procedimientos administrativos institucionales, así como los actos y medidas administrativos que en virtud de los mismos se dicten o dispongan, podrá realizarse por medios electrónicos, a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP). El artículo N° 22 de la Ley 3439/2007 que faculta a la DNCP a reglamentar la utilización de los recursos tecnológicos para la gestión pública de las contrataciones. La promulgación del Decreto del Poder Ejecutivo N° 285 de fecha 21 de setiembre de 2018, por el cual ha sido nombrado Director Nacional de Contrataciones Públicas, al Abg. Pablo Fernando Seitz Ortiz. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Prorrogar la entrada en vigencia al 21 de mayo de 2020 de la RESOLUCIÓN DNCP Nº 1363/2020 “POR LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLIEGO ESTÁNDAR ELECTRÓNICO DE BIENES, LOS PLIEGOS ESTÁNDAR ELECTRÓNICOS PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR, EL CRONOGRAMA Y LA DIFUSIÓN DEL CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN GRADUAL DE LOS PLIEGOS ESTÁNDAR ELECTRÓNICOS”.
Art. 2
Art. 2º.- Comunicar, publicar y cumplido, archivar.