BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - REGLAMENTO GENERAL DE ENCAJE FISCAL EN MONEDA NACIONAL Y EXTRANJERA
Sin vigenciaACTA2015BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIOPY/LEGI/0EHQ
Encaje legal -- Reglamentación General de Encaje Legal en Moneda Nacional y Extranjera.
Acta N° 8 de fecha 29 de enero de 2015 VISTO: los artículos 68, 69 y 70 de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay"; los artículos 6° y 12° de la Ley N° 2334/03 "De Garantía de Depósitos y Resolución de Entidades de Intermediación Financiera sujetos de la Ley General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito"; las Resoluciones N°s. 16 y 11, Actas N°s. 32 y 25 de fecha 28 de abril de 2008 y 20 de abril de 2010, respectivamente; la Resolución GG N° 86/2010 de la Gerencia General de la Institución de fecha 4 de junio de 2010; el informe conjunto SB N° 02/14: EE EE. N° 291/14, SGGOF. N° 263/14 y GM N° 354/14 de la Superintendencia de Bancos, de Estudios Económicos, de la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras y de la Gerencia de Mercados de fecha 16 de diciembre de 2014; la providencia GUJ N° 01/15 y el memorando GUJ DAJur N° 47/15 de la Unidad Jurídica de fechas 2 y 27 de enero de 2015; la providencia de la Superintendencia de Bancos de fecha 22 de diciembre de 2014; las providencias de h Presidencia de la Institución de fecha 17 y 18 diciembre 2014; y, CONSIDERANDO: La necesidad de adecuar el Encaje Legal en moneda nacional y moneda extranjera, como instrumento de regulación monetaria al efecto de proveerle un carácter más dinámico, funcional y que permita la utilización de este instrumento como fuente de liquidez temporal. Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 19°, inciso i) de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay" y concordantes, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
1°) Aprobar el REGLAMENTO DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL Y MONEDA EXTRANJERA, cuyo texto agregado a sus antecedentes, forma parte de esta Resolución.
Art. 2
2°) Establecer la vigencia del Reglamento aprobado por el artículo precedente, a partir del 1 de marzo de 2015.
Art. 3
3°) Instruir a la Gerencia General de la institución a reglamentar los aspectos operativos de la presente Resolución.
Art. 4
4°) Derogar las siguientes Resoluciones:
• Resolución N° 11, Acta N° 25 de fecha 20 de abril de 2010;
• Resolución N° 16, Acta N° 32 de fecha 28 de abril de 2008; y,
• Resolución GG N° 86/2010 de fecha 4 de junio de 2010.
Art. 5
5°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
FDO.: RAFAEL LARA VALENZUELA.- PRESIDENTE INTERINO.-
ROLAND HOLST WENNINGER.- ERNESTO VELAZQUEZ ARGAÑA.- DIRECTORES TITULARES.-
Ada Liz W. de Cazal.- Encarg, de Despacho SECRETARIA DEL DIRECTORIO
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