POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN Y MANUAL DE CUENTAS PARA COMPAÑIAS DE SEGUROS Y REASEGUROS.
VigenteRESOLUCION2004BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0BV6
Plan de cuentas -- Aprobación del Plan y Manual de Cuentas para Compañías de Seguros y Reaseguros.
VISTO: el proyecto para la aplicación de un plan y manual de cuentas uniforme para el sector asegurador presentado por la consultora contratada; el Informe SS.ICF. N° 50/04 de fecha 7 de abril de 2004 de funcionarios asignados contraparte de los consultores externos; el Informe SS.IETA N° 03/04 de la Intendencia de Estudios Técnicos y Actuariales de fecha 25 de junio de 2004; el acta del Consejo Consultivo del Seguro de la sesión de fecha 17 de junio de 2004; CONSIDERANDO: El constante avance en materia de integración de los mercados regionales y mundiales y los adelantos técnicos en el área de seguros, que hace necesario el establecimiento de normativas contables modernas y adecuadas a los estándares internacionales, permitiendo mejorar, a la vez, el cumplimiento de las facultades propias de inspección y fiscalización por parte de la Autoridad de Control; La necesidad de consolidar y disponer oportunamente, de manera homogénea, de las diversas informaciones contables y estadísticas remitidas por las empresas de seguros a fin de contar en todo momento con un panorama confiable de la situación del mercado de seguros en el contexto de la economía nacional, que permita optimizar la toma de decisiones; La facultad otorgada a la Superintendencia de Seguros por la Ley 827/96 "De Seguros" para disponer la adopción de un sistema claro y uniforme de contabilidad e informaciones, a ejercer la inspección y supervisión de las empresas de seguros y reaseguros y dictar las resoluciones de carácter general que sean necesarias para su aplicación; POR TANTO, de conformidad a las consideraciones que antecede y a lo dispuesto en los artículos 29° y 61° de la Ley 827/96 "De Seguros"; EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar el Plan y Manual de Cuentas para Compañías de Seguros y Reaseguros, que se anexa y forma parte de la presente. La Resolución SS.SG. N° 161/05 del 31 de mayo de 2005 establece algunas denominaciones y desglose de cuentas. Asimismo, la Resolución SS.SG.N° 329/05 del 28 de diciembre de 2005 agrega el numeral 13.6 "Imputación y distribución de Gastos Técnicos de Explotación y Previsiones" al Capítulo I "Normas Generales de Contabilidad" y el ítem "Pagos por Reaseguros" al Modelo del Estado de Flujo de Efectivo y al Modelo del Estado de Flujo de Efectivo para su Presentación Trimestral a la SIS del Capítulo II "Modelos de Estados Financieros".
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Art. 2
2°) Determinar que las normas y criterios insertos en los mismos, distintos de los fines de registración, deban entenderse como enunciados de carácter referencial y general, los que no prevalecerán sobre las normas de carácter específico que dicte esta Autoridad de Control.
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Art. 3
3°) Establecer el siguiente cronograma calendarizado para la implantación del Plan y del Manual aprobados en el artículo 1°) de esta Resolución.
• A partir de la fecha y hasta el 30 de junio de 2005: adecuación de sistemas administrativos e informáticos de las empresas de seguros.
• Del 1 de julio de 2005 al 30 de junio de 2006: implantación del nuevo Plan y Manual en paralelo con el vigente Plan de Cuentas utilizado a la fecha.
• A partir del 1 de julio de 2006: Implantación plena y única del nuevo Plan de Cuentas y Manual de Cuentas, aprobado en el artículo 1°) de esta Resolución.
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Modificado por RESOLUCION 418/2004
Art. 4
4°) Dejar sin efecto, a partir del 1 de julio de 2006, todo Sistema, Codificación o Plan de Cuentas diferente al aprobado por la presente resolución, así como toda disposición que sean contrarias a esta.
Art. 5
5°) Comunicar, publicar y archivar.
MAXIMO GUSTAVO BENITEZGIMENEZ
Superintendente de Seguros
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