MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RESOLUCIÓN SS. SG. N° 240/04 DEL 30 DE JUNIO DE 2004 “POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN Y MANUAL DE CUENTAS PARA COMPAÑÍAS DE SEGUROS Y REASEGUROS”.
VigenteRESOLUCION2024BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/9NTULW
Banco Central del Paraguay -- Plan de Cuentas.
Visto: Nota Atlas S.A. de Seguros de f/30.06.2023, Nota SS.SG. N° 704/2023 de f/17.08.2023, Nota Atlas S.A. de Seguros de f/24.08.2023, Informe SS.ICORAS.DOR N° 200/2023 de f/28.08.2023, y, Considerando: La necesidad de modificar el Plan y Manual de Cuentas aprobado por la Resolución SS.SG. N° 240/04 del 30 de junio de 2004, con el objeto de habilitar nuevas sub cuentas y cuentas imputables en el Activo para registrar la participación de utilidades de los contratos de reaseguros cedidos, y a su vez, crear sus correspondientes cuentas de resultados. Que, acorde a las presentaciones efectuadas a la Superintendencia de Seguros, de los registros contables y estados financieros, y ante la imperiosa necesidad de mantener constantemente actualizada la operativa de registración, se presenta como requerimiento la unificación de conceptos que posibiliten la aplicación de un modelo homogéneo y uniforme para todas las compañías componentes del sistema asegurador. Por tanto, en uso de sus atribuciones LA SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Resuelve:
Art. 1
1°) Incorporar las cuentas insertas en el ANEXO I de la presente Resolución, al Plan de Cuentas aprobado por la Resolución SS.SG. N” 240/04 del 30 de junio de 2004, las que serán ubicadas en la estructura contable de este conforme a sus respectivos códigos.
Art. 2
2°) Incorporar los postulados insertos en el ANEXO II de la presente Resolución, al Capítulo IV del Manual de Cuentas aprobado por la Resolución SS.SG. N° 240/04 del 30 de junio de 2004, conforme al tenor que se indica en el mismo.
Art. 3
3°) Modificar la dinámica de las cuentas existentes en el Manual de Cuentas, modificado por la Resolución SS. SG. N° 329/05 del 28 de diciembre de 2005, conforme a los cambios insertos en el ANEXO III de la presente Resolución.
Art. 4
4°) Modificar la dinámica de las cuentas existentes en el Manual de Cuentas, aprobado por la Resolución SS. SG. N° 240/04 del 30 de junio de 2004, conforme a los cambios insertos en el ANEXO IV de la presente Resolución.
Art. 5
5°) Comunicar al Consejo Consultivo para su toma de razón, en la próxima sesión.
Art. 6
6°) Comunicar, publicar y archivar.
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