QUE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 6365/2019 «QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019».
VigenteLEY2020PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/QVU23N
Emergencia sanitaria -- Ampliación de la vigencia de la Ley Nº 6365/19 «Que declara en situación de emergencia todos los establecimientos penitenciarios del territorio de la república y amplía el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2019».
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Ampliase la declaración en situación de emergencia de todos los establecimientos penitenciarios de varones, mujeres y Centros Educativos de adolescentes, dependientes del Ministerio de Justicia, en todo el territorio de la República, establecida en la Ley N° 6365/2019 “QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019”, por el plazo de 365 (trescientos sesenta y cinco) días más.
Art. 2
Art. 2°.- De conformidad con lo establecido en los artículos 226 y 227 de la Ley N° 5162/2014 “CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL PARA LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY”, el Poder Ejecutivo, reglamentara dentro del plazo de 15 (quince) días, el Plan de Seguridad con el concurso de las Fuerzas Públicas en la Seguridad y Vigilancia de todos los establecimientos penitenciarios de la República.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.