QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES EL DECRETO-LEY Nº 33 DEL 31 DE MARZO DE 1992, "POR EL CUAL SE AMPLIA TEMPORALMENTE LA LEY Nº 82/91, MODIFICATORIA DE LA LEY Nº 1266/87 "DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL".
VigenteLEY1992PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0071
Registro del Estado Civil ¿ Aprobación con modificaciones el Decreto-Ley 33/92, De ampliación temporaria de la Ley 82/91.
El Congreso de la Nación Paraguaya sanciona con fuerza de Ley:
Art. 1
ARTICULO 1º - Apruébase, con modificaciones, el Decreto-Ley Nº 33 del 31 de marzo de 1992, por el cual se amplía temporalmente la Ley Nº 82/91, modificatoria de la Ley Nº 1266/87 "Del Registro del Estado Civil", cuyo texto queda redactado como sigue:
"Art. 1º - Exonérase del pago de las tasas establecidas en el Artículo 14, inc. a) y d), de la Ley Nº 82/91, a las inscripciones de nacimientos y a la expedición de copias de certificados de nacimiento y matrimonio; por una sola vez, durante el período de inscripción, a los efectos de la formación y renovación del Registro Cívico Nacional".
"Art. 2º - Las infracciones a lo dispuesto en el artículo anterior serán castigadas con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Nº 1266/87".
Art. 2
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.