RESOLUCION 1149/2012 • DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS (D.N.C.P.) • 2012/06/27 • PY/LEGI/0CR1
VigenteRESOLUCION2012DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0CR1
Delegación de facultades - - Designación de la Abogada Myrta Carolina Godoy Alderete como Encargad
VISTO: Los distintos recursos y procesos administrativos, que involucran al Instituto de Previsión Social (IPS). Y cuya sustanciación, y resolución, compete a esta Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, y; CONSIDERANDO: La Ley N° 3.439/07 "Que modifica la Ley 2.051/03 de Contrataciones Públicas y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas", creando la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica, como institución de regulación y verificación de las contrataciones que caen en el ámbito de aplicación del Artículo 1° de la Ley 2.051/03 y le otorga facultad para dictar disposiciones administrativas para el adecuado cumplimiento de las Leyes Números 3.439/07 y 2.051/03 y de sus Decretos Reglamentarios. Que la Ley N° 2.051/03 "De Contrataciones Públicas", establece en sus Títulos Séptimo y Octavo los "Procedimientos para la calificación de Infracciones y aplicación de sanciones" y "Mecanismos de Impugnación y Solución de Diferendos", respectivamente y en los cuales se faculta al Director Nacional de Contrataciones Públicas a dictar resolución como consecuencia de la sustanciación de los distintos procesos administrativos. Que, según Decreto N° 6091/2011, del 03 de febrero de 2011, es designado como Director Nacional Interino, de Contrataciones Públicas, al Abog. Eduardo Daniel De Gásperi, quien es funcionario del Instituto de Previsión Social (IPS). Que, el actual Director Interino de Contrataciones Públicas, es funcionario del citado Ente Provisional -IPS- y en consecuencia se encuentra comprendido en las causales de exudación previstas en el Código Procesal Civil, en razón de que podrían existir conflictos de intereses, dada su condición de funcionario de la citada Estatal. Que, dispone el Art. 8° de la Ley 2051/03, al respecto de la legislación de aplicación supletoria en materia de contrataciones públicas. "En todo lo no previsto por esta ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas que deriven de ellos, serán aplicables supletoriamente el Código Civil, las leyes que rigen el Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Procesal Civil". Que, en tal sentido, dispone el Art. 19 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria. Deber de excusación. Los jueces deberán excusarse cuando se hallaren comprendidos en alguna de las causas previstas por este Código. Que, en ese mismo sentido, el Art. 21 del citado Código de Procedimientos Civiles, Otros motivos de excusación. El Juez también podrá excusarse cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. Nunca será motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de su deber. Que, según se desprende de las normas trascritas, es obligación de quien fuera a resolver a resolver cuestiones sometidas a su consideración, el apartarse de la causa, cuando existan circunstancias que configuren la causal de excusación, lo que corroborarse la participación del Instituto de Previsión Social, en cualquiera de los procesos administrativos sustanciados ante esta Dirección Nacional, se encuadraría en la normativa aplicables. Que, por Resolución DNCP N° 290/2011 de fecha 16 de febrero de 2011 se designa al Abogado Gabriel Orlando Solalinde Rodríguez, como Encargado de Despacho de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, al solo efecto de dictar Resolución en los procesos administrativos de Protestas, Investigaciones de Oficio, Sumarios y Reconsideraciones, sustanciados ante esta Dirección Nacional, y que involucren al Instituto de Previsión Social (I.P.S.). Que, en ausencia del Abogado Gabriel Orlando Solalinde Rodríguez, es necesario designar a un funcionario de esta dependencia como Encargado de Despacho de la Dirección Nacional a los efectos señalados, desde el 27 al 29 de junio de 2012.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 "De Contrataciones Públicas", su modificación Ley 3.439/07 y su Decreto Reglamentario N° 21.909/03; EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS RESUELVE:
Art. 1
1°. EXCUSAR al Director Nacional de Contrataciones Públicas, Abog. Eduardo Daniel De Gásperi, de entender en LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE PROTESTAS, INVESTIGACIONES DE OFICIO, SUMARIOS Y RECONSIDERACIONES, SUSTANCIADOS ANTE ESTA DIRECCION NACIONAL, Y QUE INVOLUCREN AL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS).
Art. 2
2°. DESIGNAR a la Abog. Myrta Carolina Godoy Alderete , como Encargada de Despacho de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, al solo efecto de dictar la resolución que corresponda, en los distintos PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE PROTESTAS, INVESTIGACIONES DE OFICIO, SUMARIOS Y RECONSIDERACIONES, SUSTANCIADOS ANTE ESTA DIRECCION NACIONAL, Y QUE INVOLUCREN AL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS) desde el 27 al 29 de junio de 2012.
Art. 3
3°. COMUNICAR a quien corresponda y, cumplida archivar.
Abog. Eduardo De Gásperi
Director Nacional