DISPOSICIONES SOBRE EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO EN LA BANDA DE VHF (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/98).
VigenteRESOLUCION2019GRUPO MERCADO COMUNPY/LEGI/0GW9
Mercosur -- Sustitución del art. IV “Afectación de los Canales” del Anexo de la Resolución GMC N° 30/98 y de los Anexos I y II del Ane
DISPOSICIONES SOBRE EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO EN LA BANDA DE VHF (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/98) VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 30/98 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que la Resolución GMC Nº 30/98 aprobó las “Disposiciones sobre el Servicio Móvil Marítimo en la Banda de VHF”. Que resulta necesario actualizar dicha norma de acuerdo a las modificaciones introducidas al Reglamento de Radiocomunicaciones por las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de 2012 y 2015 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1
Art. 1 – Sustituir el artículo IV “Afectación de los Canales” del Anexo de la Resolución GMC N° 30/98, por el siguiente texto:
“La atribución de la banda de frecuencias de referencia al Servicio Móvil Marítimo es en carácter primario por lo que las Administraciones adoptaran las medidas pertinentes para que las asignaciones de canales que se realicen en la misma banda a otros servicios de radiocomunicaciones no causen interferencias perjudiciales.”
Art. 2
Art. 2 - Sustituir los Anexos I y II del Anexo de la de Resolución GMC Nº 30/98 por los textos que figuran como Anexos I y II de la presente Resolución.
Art. 3
Art.3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 31/VIII/2019.
CXII GMC - Buenos Aires, 05/VI/19.
ANEXO I
CLASIFICACIÓN Y USO MERCOSUR
N° de Canal
Tx
Sx ó Dx
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
60
Dx
OP – MB - CP
(3)
01
Dx
OP – MB - CP
(3)
61
Dx
OP – MB - CP
(3)
02
Dx
OP – MB - CP
(3)
62
Dx
OP – MB - CP
(3)
03
Dx
OP – MB - CP
(3)
63
Dx
OP – MB - CP
(3)
04
Dx
OP – MB - CP
(3)
64
Dx
OP – MB - CP
(3)
Sx
OP - MB
Operaciones Portuarias y Comerciales Paysandú – Río Negro (12A)
2028*
Sx
MB
(16)
88
Sx
EB – OP - MB
(4)
AIS 1
Sx
(13)
AIS 2
Sx
(13A)
NOTAS REFERENTES AL CUADRO
(1) En las zonas de los puentes Fray Bentos-Puerto Unzué, Paysandú- Colón y de la Represa de Salto Grande, los canales 12 y 14 serán utilizados por la Prefectura Nacional Naval de Uruguay sólo para comunicaciones de regulación de tránsito fluvial.
(2) Las respectivas Prefecturas Nacionales de Argentina y Uruguay coordinarán los horarios de emisión.
(3) Las comunicaciones de correspondencia pública se efectuarán utilizando canales dúplex y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 57 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (RR de UIT).
(4) Su uso estará sujeto a previa coordinación entre las Administraciones que geográficamente correspondan.
(5) Este canal se explotará en simplex, utilizándose solamente la frecuencia correspondiente a la estación de barco.
(6) Este canal se explotará en simplex unidireccional, utilizándose solamente la frecuencia correspondiente a la estación costera.
(7) Este canal es para uso exclusivo de las Autoridades de Argentina y Uruguay para el Control de Tráfico Marítimo en el Canal Martín García.
(8) Prioritario para coordinación entre Autoridades Marítimas para control de derrames de hidrocarburos.
ANEXO II
ARGENTINA:
Ente Nacional de Comunicaciones
Dirección General de Relaciones Institucionales
Perú 103 – Piso 11
1067 Buenos Aires
Email: sgt1@enacom.gob.ar
BRASIL:
Agência Nacional de Telecomunicações
S.A.S. – Quadra 06 – Bloco E– 10 Andar
70313–900 – Brasília/DF
Email: espectro@anatel.gov.br –orle@anatel.gov.br
PARAGUAY:
Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
Gerencia de Radiocomunicaciones
Presidente Franco 780 c/ Ayolas. Edificio Ayfra, Piso 17
Asunción, Paraguay
Tel.: +595 21 438 2701
Email: jdominguez@conatel.gov.py –carolinajacquet@conatel.gov.py
URUGUAY:
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Departamento Administración del Espectro
Avda. Uruguay 988
Montevideo – Uruguay
Email: frecuencias@ursec.gub.uy
05
Dx
OP – MB - CP
Transporte Fluvial
(3)
Transporte Fluvial
65
Dx
OP – MB - CP
(3)
06
Sx
EB
EB
2006
SX
EB
(12A)
66
Dx
OP – MB
(10) (4)
07
Dx
OP –MB -CP
Transportes Marítimos
(3)
Armada
ANCAP
67
Sx
EB –OP -MB
(2)
OP
OP
(2)
08
Sx
EB
EB
68
Sx
OP - MB
Empresas Petroleras
OP - MB
PNN Seguridad Boya petrolera
09
Sx
EB – OP - MB
PNA Argentina - OP
OP
PNN Uruguay - OP
69
Sx
EB – OP - MB
Lanchas Colectivas Pasajeros
CV - EV
EB
Lanchas Colectivas Pasajeros
10
Sx
EB – OP - MB
ALTERNO LLAMADA CANAL 16
70
Sx
LLAMADA SELECTIVA DIGITAL PARA SOCORRO, SEGURIDAD Y LLAMADA
11
Sx
OP - MB
OP
Seguridad PNN
71
Sx
OP - MB
CLUBES Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS
12
Sx
OP - MB
Seguridad PNA Exclusivo
OP - MB
Seguridad
(1)
72
Sx
EB
PNA
CV
ARMADA
PNN
13
Sx
EB – OP - MB
SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN
Seguridad PNN
73
Sx
EB – OP - MB
Transporte Fluvial de Carga
CV - MB
MB
ARMADA Radiofaros Este Montevideo
14
Sx
OP - MB
Seguridad PNA
Seguridad
Armada
(1)
74
Sx
OP - MB
CLUBES Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS
15
Sx
EB – OP - MB
BOLETINES METEOROLÓGICOS Y AVISOS A LOS NAVEGANTES (2) (9) (10)
75
BANDA DE GUARDA 156,7625 – 156,7875 MHz.
16
Sx
SOCORRO, SEGURIDAD Y LLAMADA
76
Sx
BANDA DE GUARDA 156,8125 – 156,8375 MHz
17
Sx
EB – OP - MB
(8) Servicios de Practicaje
(8)
77
Sx
(8)
18
Dx
OP - MB
Transportes Petroleros
OP - MB
Clubes y Embarca-ciones Deportivas
Transportes Petroleros
78
Dx
OP – MB - CP
Clubes y Embarcaciones Deportivas
CP
Clubes y Embarcaciones Deportivas
1078
Sx
EB
(12A)
2078
Sx
OP – MB - CP
Unidireccional Costeras PNN (12B)
19
Dx
OP - MB
Areneras y Empresas de Dragado
CV
Areneras y Empresas de Dragado
1019
Sx
EB
(12A)
Embarcaciones Deportivas y de Recreo (12A)
2019
Sx
EB - MB
(12B)
Clubes y Empresas de Recreo (12B)
79
Dx
OP - MB
Coordinación entre Armadas Argentina y Uruguay (4)
(4)
Coordinación entre Armadas Argentina y Uruguay (4)
1079
Sx
EB
Practicaje – Remolcadores Río Uruguay (12A)
(12A)
Practicaje – Remolcadores Río Uruguay (12A)
2079
Sx
MB - OP
Costeras Practicaje y Remolcadores Río Uruguay (12B)
(12B)
Costeras Practicaje y Remolcadores Río Uruguay (12B)
20
Dx
OP - MB
Empresas Remolcadores y Practicaje
Armada
M.T.O.P. Servicio Hidrográfico
1020
Sx
EB
Transportes Combustibles (12A)
2020
Dx
MB
Prioritario, Coord. entre Autoridades Marítimas derrames Hidrocarburos (12B)
80
Dx
OP - MB
(4)
21
Dx
OP - MB
Difusión Información de Seguridad Marítima (2) (6)
CV
Difusión Información de Seguridad Marítima (2) (6)
81
Dx
OP – MB - CP
Control Tráfico Canal Martín García (7)
CP
CV
Control Tráfico Canal Martín García (7)
22
Dx
OP - MB
Administración de Puertos
CV
Administración de Puertos
82
Dx
OP - MB
DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD MARÍTIMA (4) (6)
23
Dx
CP
(3)
83
Dx
DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD MARÍTIMA (4) (6)
24
Dx
CP
(3)
1024
Sx
EB – MB - OP
(12A)
Areneras y Empresas de Dragado (12A)
2024
Sx
EB –OP - MB
(14)
84
Dx
OP – MB - CP
(3)
1084
Sx
EB – OP - MB
(12A)
Administración Nacional de Puertos (12A)
2084
Sx
EB – OP - MB
(14)
25
Dx
CP
(3)
1025
Sx
EB – MB
(12A)
Armada Nacional – SOHMA-SERBA (12A)
2025
Sx
EB – OP - MB
(14)
85
Dx
CP
(3)
1085
Sx
EB – OP - MB
Coordinación entre Armadas Argentina-Uruguay (12A)
(12A)
Coordinación entre Armadas Argentina-Uruguay (12A)
2085
Sx
EB – OP - MB
(14)
26
Dx
CP
(3)
1026
Sx
EB – OP - MB
(12A)
Actividad Transporte Forestal (12A)
2026
Sx
EB – OP - MB
(12B)
Empresas Transporte Forestal (12B)
86
Dx
EB - MB
(4) (11)
(4)
(4) (11)
1086
Sx
EB
(12A)
Aguas Interiores Río Negro (12A)
2086
Sx
OP - MB
(12B)
PNN Control Tráfico Marítimo Río Negro (12B)
27
Dx
CP
(3)
1027
Sx
EB –OP - MB
Operaciones Portuarias y Comerciales Colonia-Soriano (12A)
2027*
SX
MB
(15)
87
Dx
CP
(3)
28
Dx
CP
(3)
1028
(9) Este Canal podrá ser utilizado para las comunicaciones abordo, cuando no lo esté utilizando la autoridad responsable de la difusión de información de seguridad marítima.
(10) Canal destinado a las autoridades de Control de Tráfico en la Hidrovía Puerto Cáceres - Nueva Palmira. Fuera de esta área de servicio, se utilizará para los fines de Correspondencia Pública.
(11) Alternativo Canal 81 y para uso exclusivo de las Autoridades de Argentina y Uruguay para el Control de Tráfico Marítimo en el Canal Martín García.
(12A) Se utilizará la frecuencia de transmisión de Barco.
(12B) Se utilizará la frecuencia de transmisión de Costera.
(13) Prioritario para operaciones de búsqueda y salvamento. Podrá ser utilizado por aeronaves que participen en operaciones de búsqueda y salvamento.
(13A) Prioritario para operaciones de búsqueda y salvamento.
(14) Para uso en condición analógica y digital hasta la fecha en que se disponga el cese definitivo de la operación analógica que oportunamente se establecerá.
(15) A partir del 1° enero 2019, su designación será ASM1.
(16) A partir del 1° enero 2019, su designación será ASM2.
Abreviaturas:
CP - Correspondencia Pública
CV - Estaciones Costeras de Organismos Privados/Gobierno
EB - Entre Barcos
MB - Movimiento de Barcos
OP - Operaciones Portuarias
PNA - Prefectura Naval Argentina
PNN - Prefectura Nacional Naval de Uruguay