QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1.661, DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001. (SECRETARIA NACIONAL ANTIDROGAS - SENAD)
VigenteLEY2001PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/07DC
Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2001 - Ampliación de la estimación de los ingresos de la Administración Central, Presidencia de la República, Secretaría Nacional Antidrogas.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Presidencia de la República - Secretaría Nacional Antidrogas, por la suma de G. 2.404.131.265.- (GUARANÍES DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO) conforme al anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
[imagen]
Art. 2
Artículo 2º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, Presidencia de la República - Secretaría Nacional Antidrogas, por la suma de G. 2.404.131.265. (GUARANÍES DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO) conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Art. 3
Artículo 3º.- Apruébase la Modificación de las Remuneraciones del Anexo del Personal correspondiente al Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2001 de la Secretaría Nacional Antidrogas, cuyo detalle se adjunta y forma parte de la presente ley.
Art. 4
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta días del mes de agosto del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola.- Juan Roque Galeano Villalba.- Rosalino Andino Scavone.- Darío Antonio Franco Flores.
Asunción, 1 de octubre de 2001.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Luis Ángel González Macchi.- Francisco A. Oviedo Brítez.