QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES (CNV), EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 9372 DEL DISTRITO DE LA ENCARNACION (ASUNCION).
VigenteLEY2013PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0DET
Utilidad pública -- Declara de utilidad pública y autorización al Banco Central del Paraguay para transferir a titulo oneroso a favor de la Comisión Nacional de Valores (CNV), el inmueble de su propiedad individualizado como Finca N° 9372 del distrito de la Encarnación (Asunción).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y autorízase al Banco Central del Paraguay, a transferir a Título oneroso a favor de la Comisión Nacional de Valores (CNV), un inmueble de su propiedad individualizado como Finca N° 9372, con Cuenta Corriente Catastral N° 10.0497.06 del Distrito de la Encarnación (Asunción).
Art. 2
Artículo 2°.- El inmueble objeto de la presente autorización será destinado para la sede de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Art. 3
Artículo 3°.- Fíjase como precio de la transacción por la transferencia definitiva del inmueble, la suma de G. 398.010.000 (Guaraníes trescientos noventa y ocho millones diez mil), precio que la Comisión Nacional de Valores (CNV) abonará al Banco Central del Paraguay, con cargo al Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2013.
Art. 4
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días de diciembre del dos mil doce, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a quince días del mes de abril del año dos mil trece, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Alfredo Luis Jaeggli
Presidente
H. Cámara de Senadores
Atilio Penayo Ortega
Secretario Parlamentario
Blanca Beatriz Fonseca Legal
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 21 de mayo de 2013.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Federico Franco Gómez
Manuel Ferreira
Ministro de Hacienda