POR LA CUAL SE MODIFICA EL PUNTO 3 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DNCP N° 3057/23 QUE ESTABLECE PLAZOS MÁXIMOS PARA LA COMUNICACIÓN DE LLAMADOS, ADJUDICACIONES Y CONTRATOS QUE AFECTEN A LOS PROCESOS QUE COMPROMETAN EL PGN 2023.
VigenteRESOLUCION2023DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/5KUKJ5
Contrataciones del Estado -- Ampliación y aclaración del punto 3 del Anexo de la Resolución DNCP N° 3057/23.
Visto: Los artículos 110 y 112 de la Ley N° 7021/2022, el Decreto N° 8759/2023 y; Considerando: Que, de conformidad al Art. 110 de la Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas es el ente normativo, técnico, de control, gestión y verificación de las contrataciones públicas. Que, el Art. 112 de la Ley N° 7021/2022 establece entre las funciones y atribuciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP): a) Emitir reglamentos técnicos que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades conforme a las políticas emitidas en el marco del Sistema Nacional de Suministro Público Que resulta necesario establecer plazos que permitan operar el cierre del Ejercicio Fiscal 2023 dentro del marco de las disposiciones legales mencionadas, con el objeto de lograr una correcta y uniforme aplicación de las normativas previstas en materia de administración financiera. Que el Artículo 354 del Anexo “A” el Decreto N° 8759/2023 establece: “Plazos de Comunicación. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, dispondrá los plazos máximos en los que deberán ser comunicados a la DNCP los llamados, adjudicaciones y contratos de procesos que comprometan parcial o totalmente el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2023 independientemente a la Fuente de Financiamiento aplicada. La resolución que disponga los plazos topes será emitida a más tardar a la inicial el cuarto trimestre del año. En casos excepcionales la DNCP, a través del acto administrativo, podrá otorgar prórrogas a los mencionados plazos topes previstos”. La promulgación del Decreto del Poder Ejecutivo N° 16 de fecha 15 de agosto de 2023, por el cual ha sido nombrado Director Nacional de Contrataciones Públicas, al Abog. Juan Agustín María Encina Pérez. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aclarar el punto 3 del ANEXO aprobado por la Resolución DNCP N° 3057/23, en la cual queda redactado como sigue;
Art. 2
Anexo
III) Adjudicaciones
Ampliaciones,
intereses moratorios, reajustes, prórrogas, otras modificaciones
contractuales, renovaciones de locación, CVE con aviso de intención
05 de diciembre del 2023
Reparo
ampliaciones, intereses moratorios, reajustes, prórrogas, otras
modificaciones contractuales, renovaciones de locación, CVE con aviso de
intención
14 de diciembre del 2023
Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda, publíquese y archívese.