POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PLAZO HASTA EL 13 DE MARZO DE 2015 A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE BENEFICIADAS CON EL APORTE CONDICIONAL PARA LA RENOVACION DE LA FLOTA DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DEL AREA METROPOLITANA DE ASUNCION, PARA PRESENTAR DOCUMENTACIONES QUE AVALEN HABER FINIQUITADO LAS ORDENES DE COMPRAS DE BUSES
VigenteRESOLUCION2015VICEMINISTERIO DE TRANSPORTEPY/LEGI/0EJK
Automotor -- Establecimiento del plazo para que las empresas de transporte beneficiadas con el aporte condicional para la renovación d
VISTO: El Decreto N° 2.130 del 26 de agosto de 2014 "POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGIMEN DE RENOVACION DE LA FLOTA DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DEL AREA METROPOLITANA DE ASUNCION Y LA CREACION DE UN APORTE CONDICIONAL PARA LA RENOVACION DE LA FLOTA DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DEL AREA METROPOLITANA DE ASUNCION"; y, El Decreto N° 2.561 del 06 de noviembre de 2014 "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ART. 3° DEL DECRETO 2.133 DEL 26 DE ACOSTO DE 2014, Y LOS ARTICULOS 4° Y 5° DEL DECRETO 2.130 DEL 26 DE ACOSTO DE 2014". CONSIDERANDO: Que, por Decreto N° 3810/2010 "Por la cual se reactiva el Gabinete del Viceministerio de Transporte, dependiente del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones y se designa Viceministro de Transporte", se establece como función primordial de dicho Gabinete el estudio, formulación e implementación de políticas que permitan orientar la acción del Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones en relación a los distintos servicios de transporte para lograr el desarrollo y funcionamiento armónico del sistema, sin perjuicio de las demás funciones previstas en las leyes. Que la Ley 51 52/2014 "Que deroga el Capítulo IV de la Ley 1590/2000 "Que regula el Sistema Nacional de Transporte (DINATRAN) y la Secretaria Metropolitana de Transporte (SMT) y sus Leyes modificatorias" y las Resoluciones Ministerial N° 1347 de fecha 25 de junio de 2010, que establece la estructura organizacional funcional del Gabinete del Viceministro de Transporte y Resolución N° 590 de fecha 30 de mayo de 2014, por la cual se modifica la estructura orgánica y funcional del Viceministro de Transporte dependiente del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones. Que, ante los avances de los nuevos objetivos trazados por la Institución en el marco de la Renovación de la Flota del Transporte Público de Pasajeros del Área Metropolitana de Asunción, surge la necesidad de establecer un plazo para que las Empresas de Transportes beneficiadas con los Aportes Condicionales, conforme al Decreto N° 2130/14, y su modificatoria Decreto N° 2561/14, presenten documentaciones que avalen que han finiquitado órdenes de compra de buses. Que, por Ley 167/93 se establece la carta orgánica del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones y se establecen las dependencias del Gabinete del Viceministerio de Transporte. Que, por Resolución N° 459 del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones, de fecha 2 de mayo de 2014 "Por la cual se amplían las funciones del Gabinete del Viceministro de Transporte dependiente del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones". POR TANTO; en uso de sus atribuciones legales, EL VICEMINISTRO DE TRANSPORTE RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°: ESTABLECER el plazo hasta el 13 de marzo de 2015 a las Empresas de Transporte beneficiadas con el Aporte Condicional para la renovación de la flota del transporte público de pasajeros del Área Metropolitana de Asunción, para presentar documentaciones que avalen haber finiquitado las órdenes de compras de buses.
Art. 2
Artículo 2°: En caso de no dar cumplimiento al Artículo 1° de esta Resolución, se procederá inmediatamente a solicitar la devolución de los Aportes Condicionales asignados.
Art. 3
Artículo 3°: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.
DR. AGUSTIN ENCINA PEREZ
Viceministro de Transporte