POR LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS TASAS PERCIBIDAS POR EL SERVICIO NAICONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE) Y SE INCLUYEN NUEVAS TASAS POR LOS DIVERSOS SERVICIOS PRESTADOS POR LA INSTITUCION.
VigenteRESOLUCION2010SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLASPY/LEGI/0A0U
Tasas -- Actualización de las tasas percibidas por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) y se incluyen nuevas tasas por los diversos servicios prestados por la institución -- Dejar sin efecto las Resoluciones Nros. 282/2008 y 357/2008.
VISTO: La nota N° 215 de la Dirección de Finanzas y la Ley N° 2.459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), y; CONSIDERANDO: Que, por la referida nota la Dirección de Finanzas solicita la actualización de las tasas percibidas por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) por la prestación de servicios. Asimismo solicita la inclusión de nuevas tasas. Que, se encuentra agregado al expediente el proyecto de actualización e inclusión de nuevas tasas elaborado por las siguientes dependencias del SENAVE: Dirección de Finanzas, Dirección General de Operaciones, Dirección de Protección Vegetal, Dirección de Calidad e Inocuidad de Productos Vegetales, Dirección de Semillas, Dirección General de Agroquímicos y Dirección General de Laboratorios. Que, la Ley N° 2.459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) ", dispone en su artículo 9°.- "Serán funciones del SENAVE, además de las establecidas en las leyes N°s 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ...z) Fijar y percibir los montos por prestación de servicios". Asimismo en su artículo 13°, establece: "Son atribuciones y funciones del Presidente: ... k) Establecer los conceptos y montos a percibir por el SENAVE por la prestación de servicios, estimados en base a los precios de mercado". Que, el proyecto referido ha sido elaborado conforme a la variación del índice del precio del consumidor (IPC). Que, el pedido obedece a la necesidad de actualizar los montos de las tasas percibidas por el SENAVE, atendiendo a la variación del índice del precio del consumidor y considerando que se han creado nuevos conceptos de prestación de servicios. Que, el Decreto N° 5045/05 "Por el cual se Reglamenta el inciso z) del Articulo 9 de la Ley N° 2459/04, "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), en su Artículo 4°, dispone: "El SENAVE queda facultado por el presente Decreto, a fijar por Resolución interna, nuevas tasas por Servicios prestados por la Institución, así como actualizar regularmente los valores establecidos en el presente Decreto, conforme al Índice de Precios al consumidor (IPC) fijados por el Banco Central del Paraguay (BCP). Que, por Dictamen N° 794/10 la Asesoría Jurídica del SENAVE dictamina que no existen impedimentos legales para actualizar las tasas percibidas por el SENAVE e incluir nuevas tasas por los diversos servicios prestados por la Institución. POR TANTO: En virtud a las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 2459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)". EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL SENAVE RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- ACTUALIZAR, las tasas percibidas por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) e INCLUIR, nuevas tasas por los diversos servicios prestados por la institución, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución.
Art. 2
Artículo 2°.- ESTABLECER, que la presente Resolución entrará en vigencia a los 15 (quince) días, contados a partir de la fecha indicada en la presente resolución.
Art. 3
Artículo 3°.- ESTABLECER, que la Dirección General de Administración y Finanzas, a través de sus áreas competentes será responsable de la aplicación de la presente resolución.
Art. 4
Artículo 4°.- DEJAR, sin efecto las Resoluciones Nros. 282 de fecha 29 de mayo de 2008 y 357 de fecha 02 de julio de 2008.
Art. 5
Artículo 5°.- COMUNICAR, a quienes corresponda y cumplida, archívese.
FDO: CESAR ROMERO
ENCARGADO DE DESPACHO
PRESIDENCIA - SENAVE
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