POR EL CUAL SE DESIGNA AL SEÑOR CARLOS DAVID URQUHART CÁCERES, COMO REPRESENTANTE TITULAR DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY ANTE EL CONSEJO DE LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI).
VigenteDECRETO2019MINISTERIO DE DEFENSA NACIONALPY/LEGI/0H1H
Estado -- Designación del señor Carlos David Urquhart Cáceres como representante titular de la República del Paraguay ante el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Visto: La Nota S.G. Nº 1639/2019 de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), por la cual se solicita la designación del señor Carlos David Urquhart Cáceres como Representante Titular de la República del Paraguay ante el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y Considerando: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional faculta a quien ejercer la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país. Que la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) tiene las atribuciones funcionales para la regulación y fiscalización de toda la actividad aeronáutica y del personal involucrado, de los aeropuertos y aeródromos públicos y privados, así como la prestación de los servicios aeroportuarios, meteorológicos, protección y apoyo al vuelo, constituyendo un servicio público esencial, indispensable para el desarrollo del transporte aerocomercial del país, así como la aplicación de los convenios internacionales en materia aeronáutica aprobados y ratificados por el Estado Paraguayo. Que, la República del Paraguay es parte del “Acuerdo Sudamericano relativo a la mejor representación en el Consejo de la OACI — Parte 3”, suscrito en la ciudad de Santiago de Chile el 21 de junio de 1985 conjuntamente con las Autoridades Aeronáuticas de Chile, Uruguay, Ecuador, Perú y Bolivia; y en cumplimiento del mismo, corresponde al Paraguay ocupar la Titularidad ante el Consejo de la OACI, por el periodo 2019 - 2022. Que, en el “Procedimiento Complementario de Cooperación Nº 3” del “Acuerdo Sudamericano relativo a la mejor representación en el Consejo de la OACI - Parte 3”, se reconoce como Autoridad Aeronáutica Civil por la República del Paraguay a la Dirección General de Aeronáutica Civil, hoy Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC). Que la Ley N° 1860/2002 que establece el Código Aeronáutico Paraguayo, en su Artículo 342, determina que “...a todos los efectos de este Código se considera Autoridad Aeronáutica competente, a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil o la institución que por ley la sustituya...”. Que el Código Aeronáutico Paraguayo, en su Artículo 2º dice que: “...las relaciones jurídicas derivadas de la aeronavegación se regirán por las disposiciones de la Constitución Nacional, los tratados internacionales aprobados y ratificados por el Paraguay, el presente Código y sus reglamentos...”. Que el Artículo 4º de la Ley N° 73/1990 “Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 25/90 “Que crea la dirección nacional de aeronáutica civil (DINAC)”, prescribe: “Las vinculaciones de la DINAC con el Poder Ejecutivo se mantendrán por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional. Para las demás actividades inherentes a sus objetivos y funciones establecerá vínculos directos con instituciones nacionales e internacionales, públicas y privadas”; y en su Artículo 5º, establece las atribuciones de la DINAC para: “... b) Aplicar los Tratados y Convenios Internacionales de la Materia ratificados por la República, coordinándolas con las Leyes Nacionales y con las Resoluciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y de otros organismos internacionales ...c) Analizar y proponer al Poder Ejecutivo las políticas aeronáutica, espacial e Hidrometeorológica del Estado, en base a los Convenios, Acuerdos, Tratados Internacionales, y las leyes nacionales; y una vez aprobadas, ejecutarlas”. Que el Paraguay es miembro fundador de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y que la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) es la institución técnica competente para representar a la República del Paraguay en materia de aviación civil internacional. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa Nacional, se expidió favorablemente según el Dictamen Nº 556/2019. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1º.- Designase al señor Carlos David Urquhart Cáceres como Representante Titular de la República del Paraguay ante el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en cumplimiento del “Acuerdo Sudamericano relativo a la mejor representación en el Consejo de la OACI-Parte 3”.
Art. 2
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Defensa Nacional.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.