REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y CRITERIOS MÍNIMOS PARA EL COBRO DE COMISIONES, GASTOS Y PENALIDADES EN EL SECTOR FINANCIERO.
VigenteACTA2025BANCO CENTRAL DEL PARAGUAYPY/LEGI/TT1RFB
Banco Central del Paraguay -- Reglamento de transparencia y criterios mínimos para el cobro de comisiones, gastos y penalidades en el sector financiero.
Visto: el artículo 107 de la Ley N° 861/96, “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”; el “REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y CRITERIOS MÍNIMOS PARA EL COBRO DE COMISIONES, GASTOS Y PENALIDADES EN EL SECTOR FINANCIERO”, aprobado por la Resolución N° 9, Acta N° 9 de fecha 7 de marzo de 2024; el dictamen GUJ.DJSEF. N° 103/2025 de la Unidad Jurídica de fecha 1 de setiembre de 2025; el memorándum SB.GAR.IEN. Nº 65/2025 y las providencias SG.GAR.IEN N° 42/2025 de la Superintendencia de Bancos de fechas 20 de agosto y 2 de setiembre de 2025; la providencia de la Presidencia de fecha 2 de setiembre de 2025; y, Considerando: que, conforme el artículo 107 de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”, es potestad del Banco Central del Paraguay velar por la transparencia informativa de las entidades supervisadas en las relaciones con sus clientes. Que, en ese contexto, resulta importante incorporar ajustes a la normativa vigente en la búsqueda de seguir robusteciendo la transparencia informativa de las relaciones entre las entidades reguladas y supervisadas por esta banca matriz y los clientes, en línea con la evolución y desarrollo del mercado financiero. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar el REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y CRITERIOS MÍNIMOS PARA EL COBRO DE COMISIONES, GASTOS Y PENALIDADES EN EL SECTOR FINANCIERO, conforme los términos del Anexo de la presente Resolución.
Art. 2
2°) Disponer que el Reglamento aprobado por el artículo precedente, entre a regir plenamente a partir de la fecha de su emisión.
Art. 3
3°) Abrogar la Resolución N° 9, Acta N° 9 de fecha 7 de marzo de 2024.
Art. 4
4°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
[imagen]