POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROYECTO INSTITUCIONAL DENOMINADO “EQUIPATE - DE LA CAPACITACIÓN A LA FORMALIZACIÓN” DEL SERVICIO NACIONAL DE PROMOCIÓN PROFESIONAL (SNPP), DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (MTESS).
VigenteRESOLUCION2025MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALPY/LEGI/12D1XV
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social -- Proyecto Institucional denominado “Equipate - De la capacitación a la formalización”.
Visto: la necesidad de implementar mecanismos efectivos de apoyo al desarrollo de iniciativas productivas por parte de egresados de cursos de formación profesional, con miras a fortalecer su autonomía económica y fomentar emprendimientos sostenibles con potencial de escalamiento hacia micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), en el marco de las políticas activas de empleo impulsadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), y Considerando: Que, la Constitución Nacional de la República del Paraguay en sus Artículos 86 y 87, establece los principios rectores del derecho al trabajo, reconociéndolo como un derecho humano fundamental que debe ejercerse en condiciones dignas, equitativas y libremente escogidas; asimismo, dispone que el Estado debe promover políticas orientadas al pleno empleo y a la formación profesional de los recursos humanos, otorgando preferencia al trabajador nacional. Que, a nivel internacional, la República del Paraguay ha ratificado el Convenio N° 122 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la política de empleo, por el cual los Estados Miembros se comprometen a formular y aplicar políticas activas que promuevan el pleno empleo, productivo y libremente escogido. Que, la Ley N° 5115/2013 “Que crea el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”, otorga al MTESS la competencia para formular, ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar las políticas nacionales de trabajo, empleo y seguridad social, así como promover la generación de empleo y el acceso a la formación profesional de calidad. Que, la Ley N° 5669/2016 “De fomento de la cultura emprendedora” y el Decreto N° 9.044/2018, reglamentario de la misma, cuyo Artículo 1° establece como objeto fomentar el espíritu de la cultura emprendedora en todos los estamentos educativos del país y establecer los instrumentos para llevar a cabo la investigación, desarrollo y sustentabilidad de proyectos emprendedores, previendo medidas de apoyo, económicas y financieras. Que, el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), creado por Ley N° 253/1971 y sus modificatorias N° 1265/1987, 1405/1999, 1652/2000 y la 2199/2003, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, tiene como misión brindar formación profesional gratuita y de calidad, articulada con las demandas del sector productivo, como herramienta fundamental para mejorar la empleabilidad y fomentar el desarrollo de competencias emprendedoras. Que, la Ley N° 6701/2020, que modifica el artículo 7° de la Ley N° 1652/2000 “Que crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral”, y su decreto reglamentario N° 5130/2021, dispone que una parte de los recursos provenientes del aporte patronal será asignada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), correspondiendo a este el doce por ciento (12 %) del uno por ciento (1 %) del aporte patronal sobre las remuneraciones pagadas a los trabajadores de empresas privadas, con destino exclusivo al fortalecimiento y la formalización de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Que, el Decreto N° 2354/2019, por el cual se aprueba la estructura organizativa del MTESS, asigna al Viceministerio de Empleo y Seguridad Social la responsabilidad de diseñar y coordinar estrategias orientadas a mejorar la empleabilidad, la intermediación laboral, la formalización del trabajo, el fomento del autoempleo y el desarrollo de emprendimientos productivos.
Que, el proyecto contribuye al cumplimiento de los compromisos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030, en su Eje Estratégico 2 “Crecimiento económico inclusivo y sostenible”, así como en el Programa Nacional de Trabajo Decente, aprobado por el MTESS con el acompañamiento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico 2025 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, particularmente a través del programa “Impulsa Paraguay”, orientado a fortalecer la inserción laboral en sectores estratégicos y promover la empleabilidad, mediante acciones articuladas que vinculan formación, asistencia técnica y apoyo a la formalización de actividades productivas. Que, el proyecto surge como una respuesta a los desafíos que enfrenta la población en edad de trabajar, en particular los jóvenes, para acceder y participar como agentes económicos dentro del circuito de la economía formal; que, conforme a los datos de la Encuesta Permanente de Hogares del Instituto Nacional de Estadística (INE), aproximadamente 167.938 jóvenes de entre 18 y 29 años se encuentran inactivos y no asisten a ninguna institución educativa, es decir, no estudian ni trabajan, lo que evidencia la necesidad de implementar proyectos específicos que promuevan su integración al mercado laboral y la generación de ingresos. Que, en base al informe de resultados de la Encuesta de Tendencias del Mercado Laboral (ETML) 2024, se constata la relevancia de fortalecer las políticas de capacitación laboral alineadas a las necesidades del sector productivo, toda vez que el 52,4 % de las empresas encuestadas manifestó tener dificultades para encontrar trabajadores con las habilidades necesarias, lo cual pone de manifiesto una brecha entre la oferta formativa actual y las demandas del mercado. Que, los servicios de formación del Sistema Nacional de Promoción Profesional (SNPP) reflejan un marcado interés de los participantes en iniciativas orientadas al emprendimiento y la generación de ingresos propios, conforme a los resultados de la Encuesta de Evaluación a Participantes (2024), en la cual se identificó que uno de los principales motivos de participación en los cursos de formación profesional del SNPP es el deseo de desarrollar un emprendimiento productivo. Que, a pesar del interés señalado, persisten factores limitantes para el desarrollo de emprendimientos, entre ellos el elevado costo de inversión inicial y la necesidad de herramientas y equipos especializados que permitan prestar servicios calificados, por lo que la provisión de equipamiento se plantea como una estrategia institucional de apoyo e incentivo para el inicio de actividades económicas. Que, atendiendo estos elementos, se identificaron familias profesionales con alta demanda de inversión en capital para la adquisición de herramientas y equipos, priorizándose, en el marco del proyecto EQUIPATE, las familias profesionales vinculadas a la construcción, electricidad y electrónica, así como otras familias profesionales que sean estratégicas para el desarrollo productivo del país. Que, el Proyecto se justifica técnica, social y económicamente como una intervención alineada al marco normativo vigente y a los compromisos asumidos por el Estado paraguayo en materia de empleo, formación y desarrollo productivo, contribuyendo al fortalecimiento del capital humano mediante acciones de capacitación especializada en temáticas para el desarrollo de negocios.
Que, la provisión de herramientas e insumos especializados constituye uno de los ejes estratégicos del proyecto, al permitir superar barreras materiales para la inserción laboral, mejorar la empleabilidad y promover el desarrollo de actividades productivas sostenibles con acompañamiento técnico y enfoque de formalización, facilitando así la creación de microemprendimientos con potencial de escalamiento a unidades formales dentro del ecosistema de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Que, adicionalmente, el proyecto promueve la formalización y el fortalecimiento de unidades productivas mediante el impulso al autoempleo y la creación de pequeñas empresas, dinamizando sectores como la construcción, el mantenimiento y los servicios técnicos, lo que contribuye a la generación de ingresos, la reducción del desempleo, y a la incorporación de los beneficiarios al sistema formal mediante el acceso a crédito, seguridad social y redes comerciales. Que, la ejecución de este proyecto requiere una articulación institucional eficaz entre el MTESS y el SNPP, orientada a la validación de competencias, identificación de perfiles productivos, seguimiento técnico y provisión transparente de herramientas de trabajo, priorizando la población con mayores barreras de acceso al empleo. Que, en virtud de lo anterior, resulta necesario establecer mediante resolución ministerial el marco normativo específico que habilite la implementación operativa del Proyecto EQUIPATE, asegurando su trazabilidad, transparencia y alineación con las prioridades de desarrollo económico y social del país. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones, LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Proyecto “EQUIPATE - De la Capacitación a la Formalización”, impulsado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), cuyo documento técnico consolidado se incorpora como Anexo I, II y III y forma parte de la presente Resolución, con el objetivo de promover el desarrollo de emprendimientos productivos mediante la entrega focalizada de herramientas de trabajo a egresados de cursos técnicos prioritarios y su consecuente formalización en la actividad económica correspondiente.
Art. 2
Art. 2°.- Disponer que el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) en coordinación con el Viceministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Dirección General de Empleo, será responsable de la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del proyecto aprobado.
Art. 3
Art. 3°.- Establecer que el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) será responsable de la definición técnica de los kits de herramientas especializadas conforme a las familias profesionales y cursos priorizados, en coordinación con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).
Art. 4
Art. 4°.- Disponer que la definición técnica de los kits de herramientas incluirá la identificación y validación de los insumos requeridos para cada perfil ocupacional, la elaboración de fichas técnicas y su adecuación a estándares de calidad, productividad y Seguridad.
Art. 5
Art. 5°.- Facultar a las dependencias técnicas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) a dictar los instrumentos operativos, formularios, instructivos y demás mecanismos necesarios para la ejecución efectiva del Proyecto EQUIPATE.
Art. 6
Art. 6°.- Disponer que los gastos derivados de la ejecución del proyecto y la provisión de los kits serán financiados con recursos del presupuesto institucional del MTESS, conforme a disponibilidad financiera y las leyes y normativas vigentes.
Art. 7
Art. 7°.- Comunicar, publicar y cumplido, archivar.
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