MODIFICACION DE LA RESOLUCION SS.SG. N° 133/2015, QUE MODIFICA LA RESOLUCION SS.SG N° 239/07 SOBRE PATRIMONIO MINIMO EXIGIBLE, MARGEN DE SOLVENCIA Y FONDO DE GARANTIA
VigenteRESOLUCION SS. RG.2016BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0FDH
Seguro -- Modificación sobre los requisitos del patrimonio mínimo exigible para el margen de solvencia y fondo de garantía.
VISTO: los artículos 25°, 35° y 61° inc. b) de la Ley N° 827/96 "De Seguros" y el Informe de la Intendencia de Control Financiero SS.ICF N° 004/2016, y CONSIDERANDO: la necesidad de introducir una mayor gradualidad en la conformación del Fondo de Garantía dada la dificultad observada para que el mercado pueda cumplir con los plazos establecidos en la Resolución, al mismo tiempo que las mayores exigencias introducidas en la Resolución SS.SG N° 132/2015, sobre Régimen de Cobertura de las Reservas Técnicas, Inversión de los Fondos Invertibles y Gobierno Corporativo. En uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
Art. 1
1°) Modificar el último párrafo de la Resolución SS.SG. N° 133/2015, que modifica el Artículo 20° de la Resolución SS.SG N° 239/07, que queda redactado como sigue:
“La constitución de éste Fondo de Garantía de Seguros deberá completarse conforme al siguiente cronograma:
Al 30/06/2016 = 40% (cuarenta por ciento)
Al 30/09/2017 = 70% (setenta por ciento)
Al 30/12/2018 = 100% (cien por ciento)”
Art. 2
2°) Revocar la Resolución SS.SG. N° 172/16.
Art. 3
3°) Comunicar y archivar.
BERNARDO NAVARRO AMARILLA
Superintendente de Seguros