RESOLUCION 145/2004 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2004/06/03 • PY/LEGI/071F
VigenteRESOLUCION2004MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/071F
Procedimiento tributario - Res.121/04 - Presentación de declaraciones juradas rectificativas por error - Prórroga de vigencia.
Visto: El Artículo 4° de la Resolución N° 121/04, y Considerando: Que inconvenientes de orden administrativo relacionado a la atención de los contribuyentes por parte del Banco Nacional de Fomento, justifica prorrogar el plazo dispuesto para entrada en vigencia de la Resolución N° 121/04. Que resulta necesario facilitar a los contribuyentes el normal cumplimiento de sus obligaciones con el fisco. Por tanto: El Viceministro de Tributación Resuelve:
Art. 1
Art. 1°: Prórroga - Prorrogar hasta el 1° de julio de 2004, el plazo previsto en el Artículo 4° de la Resolución N° 121/04.
Art. 2
Art. 2°: Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Viceministro de tributación: Andreas Neufeld Toews