POR EL CUAL SE ADECUA LA PROGRAMACION DE LOS ANEXOS DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION, APROBADO POR LA LEY N° 5386 DEL 6 DE ENERO DE 2015, QUE CONTEMPLA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y LA MODIFICACION DE LAS CUOTAS DE INGRESOS Y GASTOS DEL PLAN FINANCIERO, DENTRO DEL PRESUPUESTO 2015 DE LAS CITADAS ENTIDADES
VigenteDECRETO2015MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0EJ0
Presupuesto -- Adecuación de la programación de los Anexos de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, aprobado por la Ley 5386/2015, que contempla la transferencia de créditos presupuestarios del Ministerio del Interior al Ministerio de Hacienda y la modificación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, dentro del Presupuesto 2015.
VISTO: La Ley N° 5375 del 15 de diciembre de 2014, "Que modifica varios artículos de la Ley N" 1431/99 "Que regula la organización de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Paraguay" (Expedientes M.H. N°s. 4901 y 5968/2015) La Ley N° 109/1991, "Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda", sus modificaciones, ampliaciones y reglamentaciones vigentes. La Ley N° 5386 del 6 de enero de 2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015". El Decreto N" 2929/2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N" 5386/2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015"; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 1° de la Ley N° 109/1991, modificada y ampliada por la Ley N° 4394/2011, establece: "El Ministerio de Hacienda tendrá, las siguientes funciones y competencias, que serán ejercidas por medio de la Estructura Orgánica prevista en la presente disposición legal: ...b) la administración del proceso presupuestario del Sector Público que incluye las fases de programación, formalización, ejecución, control y evaluación, así como el perfeccionamiento de su técnica; ... d) la aplicación y la administración de todas las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con: los recursos, las disponibilidades, las remuneraciones y demás gastos del Tesoro Público, el Crédito Público y la Contabilidad Gubernamental, incluyendo en esta los mecanismos para rendir cuenta del uso y conservación de los fondos y bienes fiscales; ...x) toda otra función y competencia que las disposiciones legales pertinentes le atribuyen directamente o a sus reparticiones dependientes y aquellas que le sean asignadas por el Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus atribuciones ". Que el Artículo 11 de la Ley N° 5375/2014, establece: "El aporte para los gastos de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios será incluido dentro del Presupuesto General de la Nación correspondiente al Ministerio de Hacienda, identificando como un programa de Transferencia al Consejo Directivo de Cuerpos de Bomberos Voluntarios ". Que el Artículo 230 de la Ley N° 5386/2015, dispone: "Autorízase al Poder Ejecutivo a corregir los errores materiales, que se produzcan en la trascripción de la presente Ley". Que los Departamentos de Infraestructura y Desarrollo Económico y de Administración Gubernamental y Seguridad de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, se expidieron en los términos de los Informes DIDE N° 7 y D.A. G. y S. N° 8 del 2 de febrero de 2015. Que el presente Decreto permitirá adecuar la programación de los anexos de ingresos y gastos aprobados por la Ley N° 5386/2015, lo que permitirá la transferencia de crédito presupuestario del Ministerio del Interior al Ministerio de Hacienda y la modificación de las cuotas de ingresos y gastos del plan financiero, dentro del Presupuesto 2015 de las citadas entidades, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley N° 5375/2014. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Adécuase la programación de los anexos de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, aprobado por la Ley N° 5386 de fecha 6 de enero de 2015, que contempla la transferencia de créditos presupuestarios del Ministerio del Interior al Ministerio de Hacienda, y la modificación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, dentro del Presupuesto 2015 de las citadas entidades, por el monto de nueve mil ciento veinte millones doscientos setenta y cinco mil guaraníes (G. 9.120.275.000.-), conforme a los Anexos que se adjuntan y forman parte de este Decreto.
Art. 2
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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