DECRETO 1782/2009 • MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA (M.A.G.) • 2009/04/07 • PY/LEGI/055H
VigenteDECRETO2009MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIAPY/LEGI/055H
Agricultura -- Aprobación de la ampliación del Punto 2) El Programa, Inciso d) Componentes, Componente (iii), del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar (PRONAF), aprobado en el Anexo del Decreto 1558/2009, y se autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería a realizar las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Hacienda a fin de obtener los recursos financieros y transferirlos al Banco Nacional de Fomento para los pagos de apoyos en compensación por contingencias climáticas.
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de la cual solicita la autorización para realizar las gestiones pertinentes para ampliar el punto 2) El Programa, Inciso d) Componentes, Componente (iii), quedando redactado de la siguiente manera "Apoyo para reposición de semillas de cultivos afectados por fenómenos climáticos y Compensación por Contingencias Climáticas, periodo 2008/2009", del Anexo al Decreto N° 1.558/09, a ser implementado dentro del Programa Nacional de la Agricultura Familiar (PRONAF) y realizar las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Hacienda a fin de obtener los recursos financieros y transferir al Banco Nacional de Fomento (BNF), para el pago y la eficaz ejecución del apoyo a los productores y las productoras, beneficiarios del Programa Nacional de la Agricultura Familiar (PRONAF), (Expediente N° RO1090003731); y CONSIDERANDO: Que el sector de la Agricultura Familiar, numéricamente muy importante, representa alrededor del 80% de las unidades productoras rurales, aporta significativas proporciones de la producción agraria de consumo interno y en menor escala, aquella destinada a la exportación. Este segmento productivo, dada su característica singular, requiere estrategias diferenciadas de intervención orientadas a superar las limitaciones que restringen su capacidad de inserción en los mercados. Que la Unidad de Gestión de Riesgos y otras unidades técnicas del MAG han realizado evaluaciones del desarrollo de los cultivos de renta y consumo propios de la agricultura familiar campesina, tales como el sésamo y otros; concluyendo que han sido afectados significativamente por las condiciones climáticas adversas. Que la situación precedentemente apuntada se encuentra agravada por la persistencia de condiciones económicas desfavorables para el sector. Que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería, dentro del Marco Estratégico Agrario 2009/2018, en el Eje 2 Desarrollo de la Agricultura Familiar y Seguridad Alimentaría tiene previsto impulsar el apoyo a la Agricultura Familiar. Que el Equipo Técnico del Programa Nacional de la Agricultura Familiar (PRONAF), considera pertinente realizar la ampliación al Programa para poder apoyar al productor de la agricultura familiar. Que el Estado destinará guaraníes cuarenta mil millones (G. 40.000.000.000), para el componente Apoyo en compensación por contingencias climáticas, periodo 2008/2009 a la Agricultura Familiar a través del PRONAF. Que las atribuciones invocadas emergen de los Artículos 3° de la Ley N° 81/92 "Que establece la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Agricultura y Ganadería". Que la Dirección de Asesoría Jurídica del MAG, se expidió en los términos de su Dictamen D.A.J. Nº 245/09 del 6 de abril de 2009. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY D E C R E T A:
Art. 1
Art. 1°.- Apruébase la Ampliación del punto 2) El Programa, Inciso d) Componentes, Componente (iii) quedando redactado de la siguiente manera "Apoyo para reposición de semillas de cultivos afectados por fenómenos climáticos y Compensación por Contingencias Climáticas, periodo 2008/2009", del anexo al Decreto N° 1558/09, a ser implementado dentro del Programa Nacional de la Agricultura Familiar (PRONAF).
Art. 2
Art. 2°.- Autorízase al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a realizar las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Hacienda a fin de obtener los recursos financieros necesarios, para la ejecución del Componente de "Apoyo para reposición de semillas de cultivos afectados por fenómenos climáticos y compensación por contingencias climáticas, periodo 2008/2009", del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar (PRONAF) y transferir al Banco Nacional de Fomento (BNF) hasta un monto no mayor a guaraníes cuarenta mil millones (G. 40.000.000.000) para su efectivización.
Art. 3
Art. 3°.- Autorizase al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a firmar el Contrato con el Banco Nacional de Fomento (BNF) a fin de ejecutar el presente Componente del Programa.
Art. 4
Art. 4°.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), se encargará de elaborar el Reglamento Operativo que regirá para la implementación y ejecución del mencionado Componente del PRONAF, que será aprobada por Resolución Ministerial.
Art. 5
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Agricultura y Ganadería.
Art. 6
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.