POR LA CUAL SE APRUEBA EL PLAN DE RENDICIÓN DE CUENTAS AL CIUDADANO DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES) CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023.
VigenteRESOLUCION2023CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIORPY/LEGI/LCUUUZ
Consejo Nacional de Educación Superior -- Plan de Rendición de Cuentas al ciudadano del CONES correspondiente al ejercicio 2023.
Vista: La Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior”, el Decreto N° 2991/2020 de fecha 6 de diciembre de 2019 “Por la cual se aprueba el Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano”, se lo declara de interés nacional y se dispone su aplicación obligatoria en las instituciones del poder ejecutivo, el Convenio de Cooperación interinstitucional entre la Secretaría Nacional de Anticorrupción de la Presidencia de la República del Paraguay y el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), la Resolución CONES N° 1013/2019, la Resolución CONES N° 348/2020 por la cual se dispone la aplicación del Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano en el CONES, así como la necesidad de aprobar el Plan de Rendición de Cuentas para el Ejercicio Fiscal 2023, y; Considerando: Que, la Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior” reconoce al “Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) como órgano responsable de proponer y coordinar las políticas y programas para la Educación Superior, con autonomía institucional”. Que, el Artículo 9°, inciso p) de la Ley N° 4995/2013 establece: “Son funciones del Consejo Nacional de Educación Superior:”, p) “Dictar su reglamento de organización interna y funcionamiento, así como aquellas reglamentaciones que sean necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley”. Que, el Decreto 2991/2019, dispone en el Artículo 2°: “Declárase de Interés Nacional el «Manual de Rendición de. Cuentas al Ciudadano», aprobado en el Artículo 1° de este Decreto y dispónese su aplicación obligatoria, para los Ministerios del Poder Ejecutivo, las Secretarías Ejecutivas dependientes de la Presidencia de la República, las Direcciones Nacionales, las Empresas Públicas, las Empresas con mayoría accionaria del Estado, y los demás Organismos dependientes del Poder Ejecutivo, que deberán rendir cuentas a la ciudadanía y para lo cual sus máximas autoridades arbitrarán los mecanismos necesarios para la implementación del mismo, por medio del Comité de Rendición de Cuentas al Ciudadano (CRCC), que será creado para el efecto en cada una de las citadas instituciones, bajo la coordinación de la Unidad de Transparencia y Anticorrupción (UTA), y conforme con las guías contenidas en el mencionado manual”. Que, se encuentra en vigencia el Convenio Interinstitucional entre la SENAC y el CONES, así mismo por Resolución CONES N° 1013/2019 se creó y se conformó la Unidad de Transparencia y Anticorrupción del CONES, y la misma, ha impulsado la implementación del primer Manual de Rendición de Cuentas al Ciudadano en el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES). Que, el Plan de Rendición de Cuentas del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), tiene como objetivo principal articular esfuerzos que propicien, promuevan y garanticen los mecanismos adecuados para la rendición de cuentas y la participación ciudadana, permitiendo el diálogo y la información conjugada a favor del involucramiento ciudadano en los procesos desarrollados por el CONES, de manera transparente y efectiva, capaz de responder a las expectativas y obtener la confianza de la ciudadanía, alineados al Plan Estratégico Institucional y en correspondencia con los valores institucionales. Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Rendición de Cuentas al Ciudadano del CONES para el ejercicio fiscal 2023. Por tanto, el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), en su sesión ordinaria de fecha 22 de febrero de 2023, por unanimidad de sus miembros presentes, en uso de sus atribuciones y conforme a las normativas vigentes; Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Rendición de Cuentas al Ciudadano correspondiente al ejercicio fiscal 2023, del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), conforme a los términos del documento anexo y que forma parte de la presente resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
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