POR EL CUAL SE CONFORMA EL COMITE DE PROYECCION DE LIQUIDEZ Y OPERACIONES DE DIVISAS.
Sin vigenciaRESOLUCION2013BANCO CENTRAL DEL PARAGUAYPY/LEGI/0DLD
Designación de autoridades -- Conformación del Comité de Proyección de Liquidez y Operaciones de
Acta N° 54 de fecha 1 de agosto de 2013 VISTO: el memorando conjunto SB.SG. N° 29/13 - SGOPM N° 150/13 - GM N° 292/13 de la Superintendencia de Bancos, de la Sub Gerencia General de Política Monetaria y de la Gerencia de Mercados de fecha 26 de julio de 2013; la Resolución N° 21, Acta N° 38 de fecha 21 de junio de 2011; el REGLAMENTO DE OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO, MERCADO CAMBLARIO y DE FINANCIAMEENTO DE CORTO PLAZO (CALL MONEY) aprobado por la Resolución N° 2, Acta N° 3 de fecha 25 de enero de 2011; la providencia de la Presidencia de la Institución de fecha 30 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: que, el Banco Central del Paraguay ha implementado el esquema institucional de Política Monetaria de Metas de Inflación. Que, la estimación de la liquidez del sistema financiero, definido como el saldo consolidado de las cuentas corrientes que las instituciones de crédito mantienen en el Banco Central, es un elemento clave en la administración de liquidez del sistema y por tanto existe una mayor necesidad de contar con proyecciones fiables de liquidez. Que, el principal propósito de la estimación de liquidez de corto plazo es contar con un conjunto de informaciones que permita al Banco Central, suavizar los cambios en las condiciones de liquidez. Que, la gestión de la liquidez en un Banco Central comprende la estimación de las necesidades del sistema bancario y proveer o absorber la cantidad adecuada, mediante el uso de los diferentes instrumentos de política monetaria. Que, la evolución de la acumulación o desacumulación de Reservas Internacionales tiene directa relación con el nivel de liquidez del sistema financiero y por ende, con la tasa de interés interbancaria. Que, la Sub Gerencia General de Política Monetaria y la Gerencia de Mercados son las áreas competentes para el seguimiento diario de las operaciones monetarias y cambiarías, además de la Superintendencia de Bancos, que da seguimiento al comportamiento de las entidades de intermediación financiera Por tanto, en uso de las atribuciones previstas en los artículos 1, 3, 5 y 19 inciso "k" de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay", EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
1°) Conformar el Comité de Proyección de Liquidez y Operaciones de Divisas de la Institución, que estará integrado por el Sub Gerente General de Política Monetaria, el Superintendente de Bancos y el Gerente de Mercados.
Art. 2
2°) Establecer que el Comité de Proyección de Liquidez y Operaciones de Divisas, se reunirá al menos una vez a la semana y deberá:
- Estimar las necesidades de liquidez del sistema financiero.
- Elaborar el cronograma de las colocaciones de ERM.
- Hacer el seguimiento semanal de la liquidez del sistema.
- Implementar esquemas de compras o ventas de divisas al mercado cambiario de acuerdo a las necesidades de Política Monetaria.
Art. 3
3°) Incorporar lo dispuesto en la presente Resolución al REGLAMENTO DE OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO, MERCADO CAMBIARIO y DE FINANCIAMIENTO DE CORTO PLAZO (CALL MONEY), aprobado por Resolución N° 2, Acta N° 3 de fecha 25 de enero de 2011.
Art. 4
4°) Derogar la Resolución N° 21, Acta N° 38 de fecha 21 de junio de 2011.
Art. 5
5°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
FDO.: JORGE RAUL CORVALAN MENDOZA.- PRESIDENTE.
ROLANDO ARRELLAGA YALUK.- SANTIAGO PEÑA PALACIOS.
ROLAND HOLST WENNINGER.- RAFAEL LARA VALENZUELA.DIRECTORES.- TITULARES.
RUBEN BAEZ MALDONADO.- SECRETARIO DEL DIRECTORIO.