POR LA CUAL SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DEL DESCUENTO SOBRE EL MONTO DEL IMPUESTO INMOBILIARIO A LOS CONTRIBUYENTES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 151 Y 157 DE LA LEY 3966/2010 “ORGÁNICA MUNICIPAL”, HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2021.
VigenteORDENANZA2021JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZOPY/LEGI/9ZSJRJ
Municipalidad -- Descuento sobre el monto del impuesto inmobiliario y exoneración de multas.
Visto: El Proyecto de Ordenanza presentado por los miembros de la Junta Municipal, relativo a la aplicación del descuento establecido en la 3966/2010 “Orgánica Municipal. Considerando: E] perjuicio sanitario y las derivaciones económicas y sociales que ha causado la PANDEMIA COVID 19, a nuestra ciudad. Que, que lo mencionado se encuentra dentro de lo que la Ley tipifica como “Estado de Calamidad”, siendo además San Lorenzo la ciudad con más población infectada. Que de acuerdo a lo que dice el artículo 157 de la Ley 3966/2010 “Reducción de impuestos en Caso de Calamidades”. Cuando se produzcan calamidades de carácter natural que afecten a los inmuebles, el Impuesto Inmobiliario podrá reducirse hasta en un 50% (cincuenta por ciento). El Intendente Municipal con aprobación de la Junta Municipal queda facultado para establecer esta rebaja siempre que se verifiquen los referidos extremos. La mencionada reducción se deberá fijar para cada año fiscal. Que asimismo el artículo 151 de la citada carta orgánica municipal establece: “Impuestos Exclusivos y Compartidos. Los impuestos municipales son de exclusiva fuente municipal y de participación con el Estado. Las municipalidades quedan autorizadas a regular por ordenanza un descuento de hasta el 12% (doce por ciento) por el pago puntual de impuestos y tasas, del mismo modo que regulara el periodo dentro del cual se pagara el monto nominal y el periodo durante el cual se cobraran multas y recargos por gestión de cobranza. Que, el Asesor Económico de la Junta Municipal emitió su Dictamen N° 01/2021. Que, la Junta Municipal constituida en Comisión, presentó el Dictamen N° 01/2021, siendo aprobado por unanimidad de la Plenaria. POR TANTO LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO Ordena
Art. 1
Artículo 1°.- Autorizar la Aplicación del descuento sobre el monto del Impuesto Inmobiliario a los contribuyentes de acuerdo a lo establecido en los artículos 151 y 157 de la Ley 3966/2010 “Orgánica Municipal”, hasta el 30 de abril de 2021.
Art. 2
Art. 2°.- Establecer la Exoneración de multas a contribuyentes que se acerquen a efectuar el pago hasta el 30 de abril de 2021 y cuyos impuestos se encontraren vencidos.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.