VigenteDECRETO2018MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPY/LEGI/0GBZ
Relaciones exteriores -- Abrogación del Decreto N° 5247/2016.
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Relaciones, a través de la cual solicita la abrogación del Decreto N° 5247, del 6 de mayo de 2016, en el marco de sus competencias institucionales de planificar, coordinar y ejecutar la política exterior de la República; y Considerando: Que por el Decreto N° 5247/2016, se dispuso la integración de un Equipo Inter institucional, para el fortalecimiento de las negociaciones comerciales bilaterales, regionales y multilaterales y la apertura de nuevos mercados. Que el Artículo 4, de la Ley N° 1635/2000, «Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores», establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene como funciones, entre otras, las de proponer al Presidente de la República la política exterior, ejecutarla y conducir las relaciones exteriores; ejercer la representación del Estado ante otros estados, en los organismos internacionales y en los sistemas de integración; negociar, suscribir y ratificar tratados, convenciones, acuerdos y otros instrumentos internacionales, así como conducir las negociaciones sobre asuntos económicos internacionales, comercio exterior, procesos de integración, cooperación internacional y emprendimientos binacionales y multinacionales, en coordinación, cuando corresponda, con otros órganos estatales. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1º.- Abrogase el Decreto N° 5247, de fecha 6 de mayo de 2016, «Por el cual se dispone la integración de un Equipo Interinstitucional para el fortalecimiento de las negociaciones comerciales bilaterales, regionales y multilaterales y la apertura de nuevos mercados».
Art. 2
Art 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.