VigenteLEY2015PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0EMU
Patrimonio nacional -- Declaración como museo histórico y cultural a los cañoneros Paraguay y Humaitá.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Decláranse museo histórico y cultural a los cañoneros Paraguay y Humaitá.
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a trece días del mes de noviembre del año dos mil catorce, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de marzo del año dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
Hugo Adalberto Velázquez Moreno
Presidente
H. Cámara de Diputados
Blas Antonio Llano Ramos
Presidente
H. Cámara de Senadores
Del Pilar Evar Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria
Carlos Núnez Agüero
Secretario Parlamentario
Asunción, 5 de mayo de 2015
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Horacio Manuel Cartes Jara
El Presidente de la República
Bernardino Soto Estigarribia
Ministro de Defensa Nacional