DECRETO 79/2008 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2008/08/18 • PY/LEGI/0B4J
VigenteDECRETO2008MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0B4J
Nombramiento y confirmación de funcionarios superiores de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior
VISTO: La presentación radicada por el Ministerio del Interior en la cual solicita se nombren y se confirme a varios funcionarios de la Dirección General de Migraciones, dependiente de la citada Secretaria de Estado; y CONSIDERANDO: Que la Constitución Nacional, en su Artículo 238, Numeral 6), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY D E C R E T A:
Art. 1
Art. 1°.- Nómbrase al señor Federico Pablo Schroeder Rodríguez en el cargo de Director de Relaciones Internacionales de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, cargo de Director General, categoría A60, en reemplazo del señor Iván Mauricio Ojeda Aguilera.
Art. 2
Art. 2°.- Nómbrase a la señora Gloria Granado Rolandi en el cargo de Directora de Administración y Finanzas de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, cargo de Director, categoría B11, en reemplazo del señor Esteban Andrés Alcaraz.
Art. 3
Art. 3°.- Nómbrase a la señora Rosanna Mieres de Insaurralde en el cargo de Secretaria General de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, categoría B19 del Interior en reemplazo del señor Blás Antonio Dubrez Rodas.
Art. 4
Art. 4°.- Nómbrase al señor Feliciano Almirón Méndez en el cargo de Asesor Jurídico de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, cargo de Director, categoría B11, en reemplazo del señor Julio Cesar Recalde Tellez.
Art. 5
Art. 5°.- Confírmase al señor Ángel Vicente Caballero Sostoa, en el cargo de Director de Admisión de Extranjeros, cargo de Director, categoría B11, de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior.
Art. 6
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 7
Art. 7°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.