APRUEBA EL MANUAL DE NORMAS Y REGLAMENTOS DE AUDITORIA INDEPENDIENTE PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS.
VigenteRESOLUCION2001BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0CZ8
Normas de auditoría -- Creación del Registro de Auditores Externos, autorizados a realizar trabajos en las Instituciones del Sistema Financiero.
VISTO: El artículo 108 y concordantes de la Ley N° 861 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito" CONSIDERANDO: La necesidad de actualizar los estándares para la auditoría de los estados contables, los requisitos para solicitar la inscripción, la definición de las responsabilidades y obligaciones de los auditores externos que están habilitados y ha habilitarse en el registro de auditores independientes para las entidades financieras de la Superintendencia de Bancos. En uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS RESUELVE:
Art. 1
1°) Aprobar el "MANUAL DE NORMAS Y REGLAMENTOS DE AUDITORIA INDEPENDIENTE PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS" que se adjuntan como ANEXO que contiene 61 Capítulos y que forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2
2°) Las normas establecidas en el presente Manual, Capítulos I al VI serán observadas para los trabajos a realizarse sobre los Estados Contables del ejercicio a cerrarse el 31.12.02.
Art. 3
3°) Las personas físicas y jurídicas habilitadas e inscriptas en el Registro de la Superintendencia de Bancos, deberán adecuarse a los requisitos previstos en el Capítulo VI del presente manual, a más tardar al inicio del ejercicio 2004.
Art. 4
4°) Las personas físicas y jurídicas que deseen inscribirse en el Registro deben cumplir con los requisitos previstos en el Capítulo VI del presente manual.
Art. 5
5°) Quedan sin efecto las resoluciones y circulares en cuanto se opongan al contenido del Manual de Normas y Reglamentos de Auditoría Independiente para las Entidades Financieras.
Art. 6
6°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
ANGEL GABRIEL GONZALEZ CACERES
Superintendente de Bancos
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