QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002, APROBADO POR LEY N° 1857, DE FECHA 8 DE ENERO DE 2002, DIRECCION NACIONAL DE BENEFICENCIA (DIBEN)
VigenteLEY2002PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0AUJ
Presupuesto General de la Nación - Ampliación del presupuesto para el ejercicio fiscal 2002, aprobado por Ley N° 1857, de fecha 8 de e
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Apruébase la ampliación en la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas (Dirección Nacional de Beneficencia) por la suma de G. 1.950.000.000 (Guaraníes un mil novecientos cincuenta millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
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Art. 2
Artículo 2º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 1.950.000.000 (Guaraníes un mil novecientos cincuenta millones), que estará afectada al Presupuesto 2002 de las Entidades Descentralizadas, Dirección Nacional de Beneficencia, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Art. 3
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
Oscar A. González Daher.- Juan Carlos Galaverna D.- Carlos Aníbal Páez Rejalaga.- Ada Solalinde de Romero.
Asunción, 21 de noviembre de 2002.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Luis Ángel González Macchi.- James Spalding.