POR LA CUAL SE APRUEBA EL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DE ESTE MINISTERIO.
VigenteRESOLUCION2024MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPY/LEGI/ILBM4R
Estado -- Código de Buen Gobierno del MEF -- Abrogación de las Resoluciones MH Nº 389/14 y SFP Nº 572/20.
Visto: el Memorándum CEyBG Nº 2 de fecha 17 de diciembre del corriente año, del Comité de Ética y Buen Gobierno de esta Cartera de Estado, a través del cual se remite a consideración el proyecto de resolución que aprueba el Código de Buen Gobierno de este Ministerio (Exp. MEF Nº 113.677/2024). La Resolución M.H. Nº 389/2014, «Por la cual se modifica el Código de Buen Gobierno de este Ministerio, aprobado e implementado por Resolución M.H. Nº 36 del 2 de febrero de 2012». La Resolución SFP Nº 572/2020, «Por la cual se aprueba e implementa el Código de Buen Gobierno Versión 2 para la administración de la Secretaría de la Función Pública, dependiente de la Presidencia de la República». La Ley Nº 7158/2023, «Que crea el Ministerio de Economía y Finanzas». El Decreto Nº 1041/2024, «Por el cual se aprueba la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas». La Resolución M.E.F. Nº 197/2024, «Por la cual se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar del Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay - MECIP: 2015 y se establecen responsabilidades»; y Considerando: Que el artículo 1º de la Ley Nº 7158/2023, dispone: «[...] El Ministerio de Economía y Finanzas absorbe y amplía las funciones propias, establecidas previamente en las leyes vigentes asignadas al Ministerio de Hacienda, a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social. A dicho efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas subroga las funciones y estructuras de los organismos absorbidos». Que la citada Ley en su artículo 9º establece: « [...] Dispóngase la supresión del Ministerio de Hacienda y de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social y, en consecuencia, la absorción de las competencias, funciones, estructuras, derechos, atribuciones y obligaciones que se trasladarán al Ministerio de Economía y Finanzas, creado por imperio de la presente ley. Toda referencia legal y reglamentaria, dentro del ordenamiento jurídico positivo nacional vigente, que haga mención al Ministerio de Hacienda e igualmente a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social, desde la promulgación de la presente ley, se entenderá como una referencia hecha al Ministerio de Economía y Finanzas». Que, asimismo, el artículo 10 de Ley en cuestión menciona: «[...] Dispóngase la absorción de la Secretaría de la Función Pública, la cual, a partir de la vigencia de la presente ley, dependerá orgánicamente del Ministerio de Economía y Finanzas [...]». Que el Decreto Nº 1041/2024, en el artículo 1º, establece: «Apruébase la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme con el Anexo que forma parte del presente decreto, en virtud del artículo 8º inciso d), de la Ley Nº 7158/2023, que comprende las siguientes reparticiones dependientes de la Máxima Autoridad: a) Dirección General de Gabinete Ejecutivo, b) Dirección General de Gabinete Técnico, c) Dirección General de Abogacía del Tesoro, d) Dirección General de Gestión Legislativa, e) Dirección General de Auditoría Interna Institucional, f) Dirección General de Anticorrupción y Transparencia, g) Gerencia General, h) Viceministerio de Economía y Planificación, i) Viceministerio de Administración Financiera, j) Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional». Que resulta necesario establecer formalmente la aprobación del Código de Buen Gobierno del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual se constituye como documento en el que se encuentran delineadas las políticas que se llevarán adelante en la institución, siendo una guía para la máxima autoridad y el nivel directivo de este Ministerio, en el ejercicio de su función administrativa.
Que la Dirección General de la Abogacía de Tesoro de este Ministerio se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 956 de fecha 18 de diciembre de 2024. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Aprobar el Código de Buen Gobierno de este Ministerio, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2º.- Abrogar las Resoluciones M.H Nº 389/2014 y SFP Nº 572/2020, estableciendo la presente disposición, como normativa vigente de cumplimiento para la máxima autoridad y el nivel directivo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Art. 3
Art. 3º.- Comunicar a quienes corresponda y archivar.
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