POR LA CUAL SE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2025, POR LA SUMA DE GS. 6.350.000.000 GS. (GUARANÍES SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES)
VigenteORDENANZA2025JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZOPY/LEGI/4DK7PE
Municipalidad -- Ampliación de ingresos y gastos de la Municipalidad correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
Visto: La Nota I.M.S.L. N° 800/2025, de la Intendencia Municipal, a través de la cual remite el Proyecto de Ordenanza de Ampliación de Ingresos y Gastos de la Municipalidad de San Lorenzo, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025, para su estudio y aprobación. Se adjunta a la presente memorando MSL/DGAF N° 146/2025. Considerando: Que, obra Memorando MSL/DGAF N° 146/2025, de fecha 25 de noviembre de 2025, suscripto por Karina Valdovinos, en carácter de Directora General - Dirección General de Administración y Finanzas, en el mismo hace mención al Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Municipalidad de San Lorenzo, aprobado por Ordenanza N° 27/2024, a los efectos de presentar la solicitud de Ampliación del Presupuesto, en concordancia con lo establecido en el artículo 450 de la ordenanza señalada, que establece cuánto sigue: “Toda solicitud de ampliación presupuestaria presentada por la Unidad de Administración y Finanzas deberá ser sustentada en la demostración fehaciente de la existencia de los ingresos adicionales por fuente de financiamiento. Estos ingresos adicionales deberán ser suficientes para financiar las ampliaciones solicitadas y deberá contar con el dictamen técnico de la Unidad de Auditoría Institucional o Asesoría Económica”; expresa además cuanto sigue: En el contexto antes mencionado se presenta la siguiente ampliación presupuestaria bajo las siguientes justificaciones: a) El déficit a nivel presupuestario en el grupo 100 que imposibilitará la obligación de los salarios correspondientes a los últimos meses del año y el aguinaldo respectivo al personal de la institución, en los diferentes objetos del gasto del sub grupo 140 “Personal Contratado”. En el caso del personal bajo el régimen de IPS con aumento salario en el presente año, si bien dicho incremento tuvo un impacto moderado, la actualización obligatoria generó una variación acumulativa. b) El cumplimiento de las funciones institucionales requiere asegurar la regularidad en el pago de las obligaciones salariales del personal contratado en los diferentes objetos del gasto, quienes desarrollan tareas consideradas críticas para la prestación de servicios municipales. c) A su vez, se incluyen incremento en el rubro de honorarios profesionales que posibilitará el pago del personal municipal contratado bajo el régimen por producto o resultado. Que, para culminar expresa lo siguiente, según el memorando que antecede: Esta ampliación se financia con ingresos extraordinarios percibidos a la fecha, en los conceptos detallados en el cuadro, así como una proyección de ingresos teniendo como base la ejecución de los últimos meses del ejercicio fiscal 2024. Se remite adjunto: a) Cuadro de Variación de Gastos Ampliación Presupuestaria, b) Cuadro de Variación de Ingresos - Ampliación Presupuestaria, c) Dictamen de la Auditoria Interna. Que, la Ley N° 3.966/2010 “Orgánica Municipal”, establece en su Artículo 188 - Ampliación del Presupuesto General de la Municipalidad: Las modificaciones al Presupuesto General de la Municipalidad que impliquen la ampliación de los gastos previstos, deberán asignar explícitamente los recursos con los que se sufragará la ampliación. Los recursos provenientes de operaciones de crédito serán incorporados al Presupuesto General de la Municipalidad. A tal efecto, el Intendente remitirá a la Junta Municipal el proyecto de ampliación presupuestaria, acompañando al pedido de aprobación el respectivo convenio de crédito.
Que, se adjunta Informe, suscripto por Medardo Bogado, en carácter de Director General - Dirección General de Auditoría Interna Institucional, en el mismo manifiesta cuanto sigue: CONCLUSION: La Ordenanza N° 27/2024 “Que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y de Gastos de la Municipalidad de San Lorenzo, para el ejercicio fiscal 2025”, establece lo siguiente: En lo relacionado a los servicios personales, el artículo 35° de la Ordenanza ut supra citada El rubro 144 Jornales deberá aplicarse mensualmente, según el equivalente a las 13avas partes de los Créditos autorizados por Programas y ajustado al número del personal estrictamente necesario para la ejecución de las tareas propias del personal jornalero. La solicitud de ampliación del Presupuesto de Servicios Personales, especialmente el OG 144 Jornales, supone haberse incumplido con lo dispuesto en el artículo señalado precedentemente, no obstante, puede considerarse de incidencia mínima en el contexto global de la administración presupuestaria del ejercicio fiscal en curso. Del análisis final del Proyecto en estudio, esta Dirección General considera razonable la presentación del Proyecto de Ampliación Presupuestaria, por la suma de G. 6.350.000.000.- (guaraníes seis mil trescientos cincuenta millones), que representa el 5,28% del total de Presupuesto de Ingresos Corrientes Genuinos del ejercicio en curso. En cuanto a los demás OG del Presupuesto de Gastos de la Municipalidad, se concluye que se encuentran razonablemente previstas en el Proyecto de Ampliación de modo a garantizar el cumplimiento de los requerimientos institucionales estratégicos. Al efecto, en cumplimiento de las normativas vigentes, la Intendencia Municipal, podrá remitir a la Junta Municipal, para que en el marco de su competencia establecida en la Ley N° 3.966/10 “Orgánica Municipal”, considere el Proyecto según su mejor parecer. Que, el Asesor Económico de la Junta Municipal anexa Dictamen N° 60/2025. Que, la Plenaria aprobó por mayoría el Dictamen N° 249/2025 de la Comisión Asesora de Hacienda que recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza de Ampliación Presupuestaria. Por tanto LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO Ordena:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar la Ampliación de Ingresos y Gastos de la Municipalidad de San Lorenzo, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025, por la suma de Gs. 6.350.000.000 (guaraníes seis mil trescientos cincuenta millones), conforme al cuadro de ingresos y gastos que se adjunta y forma parte documental de la presente Ordenanza.
Art. 2
Art. 2°.- Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda, y cumplido, archivar.