RESOLUCION 76/2008 • SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS (S.S.) • 2008/08/13 • PY/LEGI/04VY
VigenteRESOLUCION2008SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/04VY
Registración y tenencia de libros y registros similares - Modificación el art. 2º de la Res. 139/05.
VISTO: La Resolución SS.SG.N° 139/05 del 28 de Abril de 2005 de la Superintendencia de Seguros por la cual se reglamenta la Registración y Tenencia de libros y registros similares; el parecer favorable del Consejo Consultivo del Seguro en sesión de fecha 11 de agosto de 2008; y, CONSIDERANDO: La necesidad de actualizar los procedimientos y manejos administrativos a efectos de optimizar los controles y el tiempo de gestión, con miras al alcance de mejoras sustantivas en lo que respecta a instrumentos de control, Por tanto, en uso de las atribuciones que le confieren la Ley Nº 827/96 "De Seguros"; EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Resuelve:
Art. 1
Articulo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución SS.SG. Nº 139/05 del 28 de Abril de 2005, el cual queda redactado como sigue:
"Dentro de los veinte (20) días posteriores al cierre de cada trimestre del año (marzo, junio, setiembre, diciembre), los afectados por el Art. 1º de la presente Resolución remitirán a la Superintendencia de Seguros con carácter de declaración jurada, en el modelo adjunto, suscripto por el Contador y Presidente (o Vicepresidente) de la empresa, un reporte de los libros de registros y otros similares en uso, obligatorios o no, indicando la numeración de la primera y la última foja rubricada, de la última foja utilizada y la fecha de la última operación asentada".
Art. 2
Art. 2º.- Comunicar, publicar y archivar.
DIEGO ARTURO MARTÍNEZ SÁNCHEZ
Superintendente de Seguros