QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 3º Y 4º LA ORDENANZA N° 193/25 “QUE CREA LA NUEVA ZONA URBANA IMPOSITIVA PARA EL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN DENOMINADA ZU16”.
VigenteORDENANZA2025JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/VHXWX0
Municipalidad -- Modificación de los arts. 3 y 4 de la Ordenanza N° 193/25.
Visto: El Mensaje N° 696/25 S.G., de la Intendencia Municipal, presentado en la Sesión Ordinaria del día de la fecha (08/10/25), y; Considerando: Que, por medio del citado mensaje, la Intendencia Municipal expresa cuanto sigue: “Tengo el agrado de dirigirme a usted, y por su intermedio a los demás miembros de la Junta Municipal, a fin de remitirle, para su estudio y consideración, el pedido de modificación de los Artículos 3º y 4º de la Ordenanza N° 193/25 “QUE CREA LA NUEVA ZONA URBANA IMPOSITIVA PARA EL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, DENOMINADA ZU 16”, solicitado por la Dirección Ejecutiva del Centro Histórico, a través del Memorándum N° 323/2025, de fecha 6 de octubre de 2025. El pedido obedece atendiendo la necesidad de una mejor interpretación y correcta aplicación de la mencionada norma, por lo cual la Mesa de Trabajo conformada por la Dirección de Recaudaciones, la Dirección de Catastro Municipal, la Dirección de Estudios Económicos y la Dirección Ejecutiva del Centro Histórico, sugieren que los citados artículos queden redactados de la siguiente manera: Art. 3º. Definir los valores fiscales de la tierra por el tipo de pavimento para el cálculo del impuesto inmobiliario y sus adicionales, para la ZU 16, de conformidad al decreto anual respectivo. Art. 4º. Definir que la propuesta de valoración de las construcciones y mejoras en los inmuebles de valor patrimonial protegido, insertos dentro de la ZU 16, se liquidará con una reducción del 25% del valor de la construcción antigua, estipulado en el decreto anual respectivo”. Que, en ese contexto, el Pleno de la Junta se constituye en Comisión, a los efectos de considerar el pedido de modificación de los Artículos 3º y 4º de la Ordenanza N° 193/25 “QUE CREA LA NUEVA ZONA URBANA IMPOSITIVA PARA EL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, DENOMINADA ZU 16”, presentado por la Intendencia Municipal, a través del citado mensaje y, en tal sentido, se acuerda aprobar la solicitud de modificación de la Ordenanza N° 193/25, realizada por la Intendencia Municipal. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO Ordena:
Art. 1
Artículo 1º.- Modificar los Arts. 3º y 4º de la Ordenanza N° 193/25 “QUE CREA LA NUEVA ZONA URBANA IMPOSITIVA PARA EL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, DENOMINADA ZU 16”, quedando redactados de la siguiente manera:
“Art. 3º.- Definir los valores fiscales de la tierra por el tipo de pavimento para el cálculo del Impuesto Inmobiliario y sus adicionales, para la ZU 16, de conformidad al Decreto anual respectivo.
Art. 4º.- Definir que la propuesta de valoración de las construcciones y mejoras en los inmuebles de valor patrimonial protegido, insertos dentro de la ZU 16, se liquidará con una reducción 25% del valor de la construcción antigua, estipulado en el Decreto anual respectivo”.
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal.