QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL Y AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UNA FRACCION DE INMUEBLE UBICADA EN LA COLONIA VIRGEN DEL CAMINO DEL MUNICIPIO DE HORQUETA, DEPARTAMENTO CONCEPCION
VigenteLEY2014PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0E6E
Declaración de interés -- Declaración de utilidad pública e interés social y autorización al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública e interés social y autorízase al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), a transferir a Título gratuito a favor del Ministerio de Educación y Cultura, una fracción de inmueble individualizada como Lote N° 179 de la Manzana Arroyito N° 3, ubicada en el Municipio de Horqueta del Departamento Concepción para asiento de un Colegio Nacional, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Lado 1-2: Con Rumbo N 43° 21' 48" E (Norte, cuarenta y tres grados, veintiún minutos, cuarenta y ocho segundos, Este), mide 100 m (cien metros), linda con el Lote N° 181;
Lado 2-3: Con Rumbo S 46° 38' 12" E (Sur, cuarenta y seis grados, treinta y ocho minutos, doce segundos, Este), mide 50 m (cincuenta metros), linda con el Lote N° 139;
Lado 3-4: Con Rumbo S 43° 21' 48" W (Sur, cuarenta y tres grados, veintiún minutos, cuarenta y ocho segundos, Oeste), mide 100 m (cien metros), linda con el Lote N° 181; y,
Lado 4-1: Con Rumbo N 46° 38' 12" W (Norte, cuarenta y seis grados, treinta y ocho minutos, doce segundos, Oeste), mide 50 m (cincuenta metros), linda con camino público.
SUPERFICIE: 5.000 m2 (CINCO MIL METROS CUADRADOS).
REFERENCIAS: Los puntos 1 y 2 tienen las coordenadas (U.T.M.)
Punto N° 1: E = 530.878,82 N = 7.429.962,50
Punto N° 2: E = 530.947,48 N = 7.430.035,20
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintitrés días de abril del año dos mil catorce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días de junio del año dos mil catorce, y queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.
Juan Bartolomé Ramírez Brizuela
Presidente
H. Cámara de Diputados
Julio Cesar Velázquez Tillería
Presidencia
H. Cámara de Senadores
Hugo L. Rubin G.
Secretario Parlamentario
Blanca Beatriz Fonseca Legal
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 9 de julio de 2014.
Téngase por Ley de la República; publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Maria Justina Lafuente
Ministra de Educación y Cultura
Jorge Raúl Gattini Ferreira
Ministro de Agricultura y Ganadería