POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) Y SE DESIGNA AL RESPONSABLE DE LAS MODIFICACIONES Y/O INCLUSIONES AL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2026.
VigenteRESOLUCION2026MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONPY/LEGI/96ZLT0
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación -- Programa Anual de Contrataciones (PAC).
Visto: La actuación de fecha 19 de marzo de 2026, por la cual la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones, eleva a consideración para su aprobación el Programa Anual de Contrataciones (PAC) para el ejercicio fiscal 2026, el Expediente Digitalia N° 2026-012021001-001279, y, Considerando: Que, la Ley Nº 6.207/2018 “QUE CREA EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”, en su Artículo 8º, dispone: “el Ministro es la máxima autoridad institucional. En tal carácter es el responsable de la dirección y de la gestión especializada, técnica, financiera y administrativa de la Entidad, en el ámbito de sus atribuciones legales, asimismo, ejerce la representación legal del Ministerio”. Que, por Ley N° 6.298/2019 se aprueba el Contrato de Préstamo 4650/OC-PR para el Financiamiento del Programa de Apoyo a la Agenda Digital, suscrito entre la República del Paraguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación, y en consecuencia en el marco de dicho contrato, por Resolución MITIC N° 306 de fecha 28 de junio del 2019 se crea la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) de Apoyo a la Agenda Digital. Que, a través de la Resolución CAFEEI N° 02 del 16 de abril de 2020, el Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI) aprueba el Proyecto “Construcción de una red de telecomunicaciones para el mejoramiento de las condiciones de aprendizaje y la gestión en instituciones educativas del Paraguay”, presentado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación - MITIC y encarga su ejecución al mismo. Que por Resolución MITIC N° 237/2020, se crea la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP) “CONSTRUCCIÓN DE UNA RED DE TELECOMUNICACIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE APRENDIZAJE Y LA GESTIÓN EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL PARAGUAY”, así como su estructura orgánica, dependiente de la Máxima Autoridad Institucional, en concordancia con las disposiciones establecidas por el ente financiador del proyecto, Fondo Fiduciario para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI). Que, la Ley N° 7021/2022 “De Suministros y Contrataciones Públicas”, en su Artículo 28 establece: “Las contratantes deberán publicar sus Programas Anuales de Contrataciones (PAC), a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), dentro de los plazos previstos en la reglamentación de la presente Ley”, a su vez, la Resolución DNCP N° 230/2025 en su Artículo 22, menciona: “La propuesta de creación, difusión, modificación y cancelación del PAC elevada por el Comité de Suministro Público, en base a la propuesta formulada por la UOC, deberá ser aprobada por la máxima autoridad de la convocante, mediante acto administrativo. Dicha aprobación podrá ser delegada mediante disposición expresa”. Que, el Decreto N° 5311/2026 que reglamenta la Ley N° 7609/2025 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026, establece que “… el Programa Anual de Contrataciones (PAC) deberá elaborarse de conformidad a lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 7021/2022 “SISTEMA NACIONAL DE SUMINISTRO PÚBLICO. Que, por Resolución MITIC N° 135/2024 de fecha 04 de marzo de 2024, se conforma el Comité de Suministros Públicos en el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación, en el marco de la aplicación de la Ley N° 7021/2022, que será responsable solidariamente de la coordinación de las etapas de programación, gestión, registro, administración y disposición final del suministro público.
Que por Decreto N° 5597/2026, se designa al señor Klaus Pistilli, Viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación, como Ministro Sustituto del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación, mientras dure la ausencia de su titular. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO SUSTITUTO DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Programa Anual de Contrataciones (PAC) del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) y de las Unidades Ejecutoras “Programa de Apoyo a la Agenda Digital” (UEP - PAAD) y “Construcción de una Red de Telecomunicaciones para el mejoramiento de las condiciones de aprendizaje y la gestión en instituciones educativas del Paraguay” (UEP - FEEI) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2026, de conformidad con lo expuesto en el exordio de la presente Resolución y los Anexos I y II que forman parte integrante de la misma.
Art. 2
Art. 2°.- Autorizar que las modificaciones y/o inclusiones al Programa Anual de Contrataciones (PAC), sean realizadas a partir de la fecha de la presente Resolución, por el Director de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) o el Coordinador de Adquisiciones de la UEP- PAAD, según corresponda.
Art. 3
Art. 3°.- Encargar a la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) y a la Coordinación de Adquisiciones de la UEP-PAAD la comunicación a la Máxima Autoridad Institucional de las modificaciones realizadas al Programa Anual de Contrataciones (PAC), aprobado conforme con el Artículo 1° de la presente Resolución.
Art. 4
Art. 4°.- Encargar a la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) y a la Coordinación de Adquisiciones de la UEP-PAAD la remisión del Programa Anual de Contrataciones (PAC) aprobado por la presente Resolución, a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Art. 5
Art. 5°.- Establecer que la fecha de la presente Resolución será la correspondiente a la registrada en la firma electrónica de la Máxima Autoridad Institucional.
Art. 6
Art. 6°.- La presente Resolución será refrendada por la Secretaria General de la Institución.
Art. 7
Art. 7°.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar.
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