POR LA CUAL SE APRUEBA LA DELIMITACION DE LA ZONA URBANA DEL DISTRITO DE NUEVA ALBORADA, DEPARTAMENTO DE ITAPÚA.
VigenteRESOLUCION2013SERVICIO NACIONAL DE CATASTROPY/LEGI/0D93
Límites -- Aprobación de la delimitación de la zona urbana del Distrito de Nueva Alborada, Depart
VISTA: La solicitud presentada ante el Servicio Nacional de Catastro por la Municipalidad de Nueva Alborada, Departamento de Itapúa, en el expediente SNC N° 14.436 del 13 de febrero de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, el informe técnico N° 008/2013 del 15 de febrero de 2013 del Departamento de Geoprocesamiento en la cual informa, que se procedió al volcado del polígono perimetral urbano sobre una imagen y se observa que se ajusta a los detalles cartográficos del terreno, por lo que se aprueba la delimitación del Centro Urbano del Distrito de Nueva Alborada y el informe técnico N° 008 del Departamento de Catastro Urbano del 15 de febrero de 2013, en la cual informa que a la fecha no se hallan habilitadas manzanas catastrales urbanas, obrantes en los registros del SNC. Que, la Ley N° 3.966/10 Orgánica Municipal, en su Art. 233 establece el procedimiento de delimitación de las zonas urbanas del Municipio, como sigue: "La delimitación de las áreas urbanas del municipio deberá ajustarse a las normas técnicas que dicte por resolución el Servicio Nacional de Catastro. A tales efectos, con anterioridad al tratamiento del proyecto de la Ordenanza, la Intendencia deberá remitir al Servicio Nacional de Catastro, copia del anteproyecto de delimitación urbana, a fin de que este verifique el cumplimiento de los reglamentos técnicos previamente establecidos y dicte la resolución pertinente." Que, el SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO, creada como Repartición Técnica del Ministerio de Hacienda por Ley N° 109/91, es el Organismo responsable del cumplimiento de las normas de carácter catastral contenidas en el Decreto Ley N° 51/52; y su modificatoria y ampliatoria Ley N° 4394/2011. Que, la Resolución Ministerial N° 94 del 2 de mayo de 2012, por la cual se deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 5 del 12 de enero de 2012 "Por la cual se organiza la estructura Orgánica General y Funcional del Ministerio de Hacienda y se establecen sus áreas estratégicas en el marco de Ley N° 4394/2011" y se aprueba la nueva estructura Orgánica General y Funcional del Ministerio de Hacienda. Que, la Resolución Ministerial N° 164/92, faculta al Director a dictar Resoluciones conforme a las leyes vigentes. POR TANTO: LA DIRECTORA DEL SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO en uso de sus atribuciones RESUEL VE:
Art. 1
Art. 1°.- APROBAR el área urbana del Distrito de Nueva Alborada, Departamento de Itapúa y delimitar el polígono del mismo conforme a los datos técnicos planimétricos poligonales, que seguidamente se indican:
Lado 1 - 2: Rumbo SE - 64° 26' 37", mide 113,36 m (Sureste sesenta y cuatro grados, veintiséis minutos, treinta y siete segundos, mide ciento trece metros con treinta y seis centímetros), corresponde a limite de propiedades.
Lado 2 - 3: Rumbo SO - 45° 57' 49", mide 12,03 m (Suroeste cuarenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, cuarenta y nueve segundos, mide doce metros con tres centímetros), Corresponde a eje de calle sin nombre.
Lado 3 - 4: Rumbo SE - 80° 26' 38", mide 105,92 m (Sureste ochenta grados, veintiséis minutos, treinta y ocho segundos, mide ciento cinco metros con noventa y dos centímetros). Corresponde a límite de propiedades y loteo.
Lado 4 - 5: Rumbo NE - 45° 30' 55", mide 137,52 m (Noreste cuarenta y cinco grados, treinta minutos, cincuenta y cinco segundos, mide ciento treinta y siete metros con cincuenta y dos centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.
Lado 5 - 6: Rumbo SE - 44° 21' 18", mide 144,98 m (Sureste cuarenta y cuatro grados, veintiún minutos, dieciocho segundos, mide ciento cuarenta y cuatro metros con noventa y ocho centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 6 - 7: Rumbo SO - 46° 29' 5", mide 44,83 m (Suroeste cuarenta y seis grados, veintinueve minutos, cinco segundos, mide cuarenta y cuatro metros con ochenta y tres centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 7 - 8: Rumbo SE - 85° 31' 9", mide 180,70 m (Sureste ochenta y cinco grados, treinta y un minutos, nueve segundos, mide ciento ochenta metros con setenta centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 8 - 9: Rumbo NE - 66° 44' 18", mide 85,94 m (Noreste sesenta y seis grados, cuarenta y cuatro minutos, dieciocho segundos, mide ochenta y cinco metros con noventa y cuatro centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 9 -10: Rumbo NE - 66° 29' 3", mide 357,64 m (Noreste sesenta y seis grados, veintinueve minutos, tres segundos, mide trescientos cincuenta y siete metros con sesenta y cuatro centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Art. 1
Lado 15 -16: Rumbo SO - 46° 5' 4", mide 155,80 m (Suroeste cuarenta y seis grados, cinco minutos, cuatro segundos, mide ciento cincuenta y cinco metros con ochenta centímetros). Corresponde a límite de propiedades y loteo.
Lado 16-17: Rumbo NO - 43° 30' 55", mide 47,92 m (Noroeste cuarenta y tres grados, treinta minutos, cincuenta y cinco segundos, mide cuarenta y siete metros con noventa y dos centímetros). Corresponde a límite de propiedades y loteo.
Lado 17-18: Rumbo SO - 45° 55' 24", mide 147,04 m (Suroeste cuarenta y cinco grados, cincuenta y cinco minutos, veinticuatro segundos, mide ciento cuarenta y siete metros con cuatro centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 18 - 19: Rumbo NO - 44° 11' 48", mide 513,64 m (Noroeste cuarenta y cuatro grados, once minutos, cuarenta y ocho segundos, mide quinientos trece metros con sesenta y cuatro centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 19 - 20: Rumbo NO - 54° 30' 42", mide 15,00 m (Noroeste cincuenta y cuatro grados, treinta minutos, cuarenta y dos segundos, mide quince metros con cero centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 20 - 21: Rumbo NO - 61° 25' 21", mide 145,09 m (Noroeste sesenta y un grados, veinticinco minutos, veintiún segundos, mide ciento cuarenta y cinco metros con nueve centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 21 - 22: Rumbo NO - 73° 21' 22", mide 71,01 m (Noroeste setenta y tres grados, veintiún minutos, veintidós segundos, mide setenta y un metros con un centímetro). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 22 - 23: Rumbo SO - 59° 44' 4", mide 157,33 m (Suroeste cincuenta y nueve grados, cuarenta y cuatro minutos, cuatro segundos, mide ciento cincuenta y siete metros con treinta y tres centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 23 - 24: Rumbo SE - 43° 46' 58", mide 50,00 m (Sureste cuarenta y tres grados, cuarenta y seis minutos, cincuenta y ocho segundos, mide cincuenta metros con cero centímetros) corresponde a límite de propiedades.
Art. 1
Lado 31 - 32: Rumbo NO - 45° 21' 18", mide 37,63 m (Noroeste cuarenta y cinco grados, veintiún minutos, dieciocho segundos., mide treinta y siete metros con sesenta y tres centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 32 - 33: Rumbo NE - 51° 49' 22", mide 20,00 m (Noreste cincuenta y un grados, cuarenta y nueve minutos, veintidós segundos, mide veinte metros con cero centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 33 - 34: Rumbo NO - 44° 27' 30", mide 70,00 m (Noroeste cuarenta y cuatro grados, veintisiete minutos, treinta segundos, mide setenta metros con cero centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 34 - 35: Rumbo NE - 51° 48' 54", mide 79,64 m (Noreste cincuenta y un grados, cuarenta y ocho minutos, cincuenta y cuatro segundos, mide setenta y nueve metros con sesenta y cuatro centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 35 - 36: Rumbo SE - 44° 28' 44", mide 50.04 m (Sureste cuarenta y cuatro arados, veintiocho minutos, cuarenta y cuatro segundos, mide cincuenta metros con cuatro centímetros) Corresponde a limite propiedades.
Lado 36 - 37: Rumbo NE - 52° 3' 13", mide 154,00 m (Noreste cincuenta y dos grados, tres minutos, trece segundos, mide ciento cincuenta y cuatro metros con cero centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 37 - 38: Rumbo NE - 56° 1' 19", mide 129,87 m (Noreste cincuenta y seis grados, un minuto, diecinueve segundos, mide ciento veintinueve metros con ochenta y siete centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 38 - 39: Rumbo NE - 71° 9' 19", mide 50,94 m (Noreste setenta y un grados, nueve minutos, diecinueve segundos, mide cincuenta metros con noventa y cuatro centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 39 - 40: Rumbo NE - 85° 42' 13", mide 57,82 m (Noreste ochenta y cinco grados, cuarenta y dos minutos, trece segundos, mide cincuenta y siete metros con ochenta y dos centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 40 - 41. Rumbo SE - 83° 52' 19", mide 88,94 m (Sureste ochenta y tres grados, cincuenta y dos minutos, diecinueve segundos, mide ochenta y ocho metros con noventa y cuatro centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Art. 1
Lado 47 - 48: Rumbo SE - 62° 58 52", mide 224,15 m (Sureste sesenta y dos grados, cincuenta y ocho minutos, cincuenta y dos segundos, mide doscientos veinticuatro metros con quince centímetros) Corresponde a límite de propiedades.
Lado 48-1: Rumbo NE - 44° 9' 44", mide 60,07 m (Noreste cuarenta y cuatro grados, nueve minutos, cuarenta y cuatro segundos, mide sesenta metros con siete centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.
[imagen]
SUPERFICIE: Cuarenta hectáreas con nueve mil quinientos treinta y cuatro metros cuadrados (40 Ha 9.534 m2).
Art. 2
Art. 2°.- La Intendencia Municipal deberá remitir a la Junta Municipal el proyecto de Ordenanza de Delimitación Urbana y la resolución de aprobación del Servicio Nacional de Catastro.
Art. 3
Art. 3°.- Una vez dictada la Ordenanza de Delimitación Urbana, la Intendencia remitirá al Servicio Nacional de Catastro una copia de la misma, a fin de que registre los nuevos límites fijados en el Catastro Nacional.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido.
Lic. CARLOS ADOLFO MORINIGO G.
Encargado de Despacho Secretaría General
Servicio Nacional de Catastro
Lic. ANATALIA ARANDA DE LOPEZ
Directora
Servicio Nacional de Catastro
Lado 10-11: Rumbo SE - 44° 37' 55", mide 180,40 m (Sureste cuarenta y cuatro grados, treinta y siete minutos, cincuenta y cinco segundos, mide ciento ochenta metros con cuarenta centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.
Lado 11-12: Rumbo SO - 46° V 29", mide 336,56 m (Suroeste cuarenta y seis grados, un minuto, veintinueve segundos, mide trescientos treinta y seis metros con cincuenta y seis centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.
Lado 12-13: Rumbo NO - 44° 5' 11", mide 179,88 m (Noroeste cuarenta y cuatro grados, cinco minutos, once segundo, mide ciento setenta y nueve metros con ochenta y ocho centímetros) corresponde a eje calle sin nombre
Lado 13 - 14: Rumbo SO - 66° 31' 35", mide 159,73 m (Suroeste sesenta y seis grados, treinta y un minutos, treinta y cinco segundos, mide ciento cincuenta y nueve metros con setenta y tres centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 14 - 15: Rumbo NO - 85° 10' 13", mide 307,79 m (Noroeste ochenta y cinco grados, diez minutos, trece segundos, mide trescientos siete metros con setenta y nueve centímetros). Corresponde a límite de franja de cincuenta metros de ancho, medidos a partir de línea divisoria entre la calle y el frente de propiedades.
Lado 24 - 25: Rumbo SO - 52° 4' 53", mide 55,03 m (Suroeste cincuenta y dos grados, cuatro minutos, cincuenta y tres segundos, mide cincuenta y cinco metros con tres centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 25 - 26; Rumbo SE - 43° 9' 3", mide 99,66 m (Sureste cuarenta y tres grados, nueve minutos, tres segundos, mide noventa y nueve metros con sesenta y seis centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 26 - 27: Rumbo SO - 51° 33' 9", mide 178,07 m (Suroeste cincuenta y un grados, treinta y tres minutos, nueve segundos, mide ciento setenta y ocho metros con siete centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 27 - 28: Rumbo NO - 43° 42' 50", mide 98,42 m (Noroeste cuarenta y tres grados, cuarenta y dos minutos, cincuenta segundos, mide noventa y ocho metros con cuarenta y dos centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.
Lado 28 - 29: Rumbo SO - 50° 58' 28", mide 45,40 m (Suroeste cincuenta grados, cincuenta y ocho minutos, veintiocho segundos, mide cuarenta y cinco metros con cuarenta centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 29 - 30: Rumbo NO - 44° 24' 28", mide 111,52 m (Noroeste cuarenta y cuatro grados, veinticuatro minutos, veintiocho segundos, mide ciento once metros con cincuenta y dos centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 30-31: Rumbo NE - 52° 6' 21", mide 50,09 m (Noreste cincuenta y dos grados, seis minutos, veintiún segundos, mide cincuenta metros con nueve centímetros). Corresponde a eje de Ruta 14.
Lado 4'l - 42: Rumbo SE - 62° 37' 26", mide 69,90 m (Sureste sesenta y dos grados, treinta y siete minutos, veintiséis segundos, mide sesenta y nueve metros con noventa centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 42 - 43: Rumbo SE - 44° 20' 41", mide 19,08 m (Sureste cuarenta y cuatro grados, veinte minutos, cuarenta y un segundos, mide diecinueve metros con ocho centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 43 - 44: Rumbo SE - 63° 22' 21", mide 47,00 m (Sureste sesenta y tres grados, veintidós minutos, veintiún segundos, mide cuarenta y siete metros con cero centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 44 - 45: Rumbo SO - 33° 18' 10", mide 10,10 m (Suroeste treinta y tres grados, dieciocho minutos, diez segundos, mide diez metros con diez centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 45 - 46: Rumbo SE - 64° 42' 55", mide 104,78 m (Sureste sesenta y cuatro grados, cuarenta y dos minutos, cincuenta y cinco segundos, mide ciento cuatro metros con setenta y ocho centímetros). Corresponde a límite de propiedades.
Lado 46 - 47: Rumbo NE - 42° 45' 49", mide 10,26 m (Noreste cuarenta y dos grados, cuarenta y cinco minutos, cuarenta y nueve segundos, mide diez metros con veintiséis centímetros). Corresponde a eje de calle sin nombre.