DECRETO 5316/1999 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 1999/10/05 • PY/LEGI/021M
VigenteDECRETO1999MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/021M
Fondo de Compensación de la Soja - Creación.
VISTA: La Ley Nº 1441, en su artículo 8º, que define los propósitos para los cuales se utilizarán los recursos derivados de la emisión internacional de bonos del tesoro; y, CONSIDERANDO: La necesidad de propiciar condiciones financieras concesionales que permitan la reestructuración de deudas del sector sojero; POR TANTO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Facúltase al Ministerio de Hacienda la creación de un "FONDO DE COMPENSACION DE LA SOJA", con la provisión de U$S. 35.000.000. (TREINTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), derivados de los recursos obtenidos con la emisión internacional de bonos autorizada por las leyes Nº 1421 y 1441.
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Art. 2
Art. 2º.- El FONDO DE COMPENSACION DE LA SOJA, tendrá como objetivo coadyuvar en el refinanciamiento de la deuda del sector sojero con el sistema financiero nacional.
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Art. 3
Art. 3º.- Autorízase al Banco Central del Paraguay a administrar los recursos del referido Fondo en su carácter de Agente Financiero del Estado y en función a la reglamentación definida con el Ministerio de Hacienda, la cual se constituirá en virtud a un convenio entre estas instituciones.
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Art. 4
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Luis A. González Macchi.- Federico A. Zayas Ch.