RESOLUCION 126/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/10/08 • PY/LEGI/0ARR
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/0ARR
Aduana - Administraciones de aduanas habilitadas para despachar discos compactos CDs.
VISTO: Los artículos 3 4 y 12 de la Ley 1.173/85 - "Código Aduanero", y; CONSIDERANDO: Que por las disposiciones legales mencionadas se establecen las facultades de la Dirección General de Aduanas, en lo relativo a la competencia para la aplicación del Derecho Aduanero, como la fiscalización de las formalidades y requisitos que regulan la entrada y salida de mercaderías y los lugares por donde deban realizarse las operaciones aduaneras respectivas. Que en dicho temperamento, esta Dirección General de Aduanas considera de necesidad establecer las medidas indispensables para garantizar el control y la transparencia en las operaciones realizadas con dicha mercadería. POR TANTO: en mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones; EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1.- Disponer la habilitación de las Administraciones de Aduana de la Capita, Caacupemí, TERPORT SA, Terminal de Cargas Km 12 Ruta VII, PAKSA, Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi y Aeropuerto Internacional Guaraní, por las que podrán ser despachados los Discos para Sistemas de Lectura por Rayos Láser (sin grabar) de la Posición Arancelaria 8523.90.00.
Art. 2
Artículo 2.- Cuando las mercaderías mencionadas en el artículo anterior sean ingresadas por una Administración de Aduana distinta a las mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución, deberá disponerse su traslado, con acompañamiento hasta la Administración de Aduana habilitada más cercana, para su despacho, debiendo de lo actuado elevarse informe a esta Dirección General, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la Circular D.G.A N° 11 de fecha 30 de mayo del 2003.
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Art. 3
Artículo 3.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar.
Director General de Aduanas: Lic. Gustavo Volpe.