RESOLUCION 153/2003 • DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) • 2003/12/01 • PY/LEGI/03KZ
VigenteRESOLUCION2003DIRECCION GENERAL DE ADUANASPY/LEGI/03KZ
Aduana - Administraciones de aduana de Santos y Paranaguá - Brasil - Ingreso de mercaderías - Modificación.
VISTO: El art. 12 de la Ley N° 1.173/85 "Código Aduanero", el Decreto N° 561 de fecha 13 de octubre del 2003, por el cual se nombra Directora General de Aduanas; y, CONSIDERANDO: Que por la referida disposición legal se faculta a la Autoridad Aduanera a establecer hora, lugares y rutas para el ingreso y desplazamiento de mercaderías. Que analizadas las condiciones operativas de la Administración de Aduana de Saltos del Guairá, se advierte que la misma cuenta con la infraestructura indispensable para el desaduanamiento de las mercaderías provenientes del área general que ingresen por los Puertos Francos de Santos y Paranaguá - Brasil; POR TANTO: En mérito a la disposición legal mencionada, a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones; la DIRECTORA GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°.- Disponer que a partir de la fecha de la presente Resolución, las mercaderías destinadas al Paraguay y procedentes del área general que ingresen por los Depósitos Francos de Santos y Paranaguá - Brasil, sean introducidas por la Administración de Aduana de Saltos del Guairá, además de las Administraciones ya autorizadas, a los efectos de su desaduanamiento.
Art. 2
Art. 2°.- Encargar a la Administración de Aduana de Saltos del Guairá, para que al igual que las demás Administraciones autorizadas, perciba la remuneración establecida en el Art. 1° inc. g) del Decreto N° 13.087/96, que modifica el Art. 1° del Decreto N° 1.052/93, y su depósito en la Cuenta N° 62 de Remates Públicos Aduaneros.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar.
Director General de Aduanas: Margarita Díaz de Vivar.