QUE ESTABLECE LA FORMA DE REMISION DEL ARCHIVO DE RELACIONES COMO PARTE DE LA CENTRAL DE INFORMACION.
VigenteRESOLUCION2013BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0DFS
Actualización de datos -- Establecimiento de la forma de remisión del archivo de relaciones como parte de la Central de Información.
VISTO: El artículo 89° de la Ley 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito", que crea la Central de Riesgos y el Articulo 90° de la citada Ley, que establece la obligatoriedad de suministrar información requerida por la Superintendencia de Bancos, la Resolución N° 2081/94 del 28.12.1994, la Resolución SB. SG. N° 00297/2001 del 16.11.2001, el Memorando GTIC N° 0237/2013 de fecha 13.05.2013 de la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones; el Memorando SB.GSES.CI N° 0025/2013 de fecha 17.05.2013 de la Central de Información, la Providencia de fecha 17.05.2013 de la Gerencia de Supervisión Extra situ; y CONSIDERANDO: La necesidad de contar con información útil, detallada y oportuna de las operaciones, y así brindar un servicio más eficiente; Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS RESUELVE:
Art. 1
1°) Disponer que las Entidades de Crédito, remitan a la Superintendencia de Bancos, el Archivo de Relaciones, que forma parte de la restructuración de la Central de Información, conforme a la estructura y contenido detallados en el Anexo, que forma parte de esta Resolución.
Art. 2
2°) El archivo especificado, contendrá información detallada de las personas relacionadas a las operaciones registradas en la Entidad.
Art. 3
3°) La remisión del archivo se realizará, en paralelo con la información actualmente remitida a la Central de Riesgos, a partir de Junio/2013, a través de la Red de Comunicación Financiera. El periodo de validación y aprobación del mismo, será como sigue:
Datos de relaciones de los periodos:
* Febrero/2013 remitir del 3 al 7 de junio/2013.
* Marzo/2013 remitir del 10 al 14 de junio/2013.
* Abril/2013 remitir del 17 al 21 de junio/2013.
* Mayo/2013 remitir del 24 al 28 de junio/2013.
* Junio/2013 remitir del 1 al 5 de julio/2013.
* Primera semana de Julio/2013 remitir el 8 de julio/2013.
* A partir del 8/07/2013 la periodicidad de remisión del Archivo de Relaciones será diaria, debiéndose realizar el envío al día siguiente de ser registrada la operación en la Entidad.
Art. 4
4°) Los detalles técnicos no especificados en la presente Resolución, se adecuan a los existentes o no poseen modificaciones.
Art. 5
5°) Comunicar a quienes corresponde y archivar.
NELSON VALIENTE
SUPERINTENDENTE DE BANCOS
ANEXO - INSTRUCTIVO DE REMISION DE DATOS
El presente instructivo específica las condiciones técnicas que debe cumplir el ARCHIVO DE RELACIONES PARA LA CENTRAL DE INFORMACION, informado por los Intermediarios Financieros.
1. FORMATO DEL ARCHIVO CRC02 (de las Personas Relacionadas a las Operaciones de Crédito)
El archivo remitido debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Formato: Archivos de texto plano con extensión ".txt", con columnas de ancho fijo (con marcado de final de línea y retorno de carro), con sólo caracteres ASCII.
- Denominación o nombre: El nombre específico del archivo estará compuesto por la concatenación de:
- 'CRC02-' caracteres fijos de identificación/referencia de la información requerida.
- Código de la entidad financiera.
- Fecha de cierre del archivo (AAAAMMDD)
Consideremos el archivo para la entidad identificada con el código 1001, sería:
CRC02- 1001 -20130228 Jxt
a b c d
a. Referencia de archivo
b. Entidad financiera
c. Fecha de cierre del archivo
d. Extensión del archivo
- Estructura:
- Los registros deben ser generados de acuerdo a la estructura solicitada y detallada en el cuadro que sigue, de conformidad a los datos que compondrán al archivo.
- Los campos deben ser cargados totalmente conforme a su longitud.
- El orden de disposición de los datos para el archivo de texto se rige por el número de orden especificado en el cuadro.
- No se admitirán datos incorrectos ya que invalidará el proceso total del archivo.
ANEXO - Tablas de referencia para manejo de Códigos.
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- Se notificará el resultado del proceso de validación de la información a la entidad financiera en la opción de resultados disponibles en la misma aplicación. Además, se generará en caso de error un registro de fallas por archivo.
Archivo: CRC02-1001-AAAAMMDD.txt
Estructura de distribución de campos
REGISTRO CABECERA
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REGISTRO DETALLE
Datos de las Operaciones de Crédito
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OBSERVACION:
- El formato del número de documento debe respetar el formato vigente en la Central de Riesgos
2. INSTRUCCIONES PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS ARCHIVOS
Ingresar al link Central del Riesgos - nuevo en el Menú de Accesos de sistemas de la Red Financiera. Una vez autenticado, se deberá seleccionar la opción Transferir Archivo Relaciones, al clicar el link, será re-direccionado hasta la sección de subida de archivos. Deberá presionar el botón de examinar y seleccionar el archivo a transmitir. Si se realizan subidas de otros archivos o archivos pertenecientes a un período ya informado, éstos no serán procesados y los mismos quedarán registrados con el intento de subida del usuario responsable. El archivo será validado y en caso de Rechazo tendrán disponible un reporte de errores en la opción Resultados Disponibles.