DECRETO 15.469/1996 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 1996/11/13 • PY/LEGI/084K
VigenteDECRETO1996MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/084K
Ejercicio fiscal - Suspensión de actualización de los montos que establece la ley 125/91, para los contribuyentes del impuesto al valor agregado y tributo único.
VISTO: el artículo 79°, último párrafo, de la Ley N" 125/91, "QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO" (Exp. M.H. N° 3355-C/96); y CONSIDERANDO: Que la citada disposición legal, faculta al Poder Ejecutivo para suspender la actualización de los montos que regirán en el período fiscal correspondiente para las personas físicas así como para las empresas unipersonales, con el fin de determinar su inclusión como contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como del Tributo Único. Que en aquellas situaciones en que sea necesario facilitar la recaudación, el contralor o la liquidación del tributo, el Poder Ejecutivo queda facultado para suspender la actualización anual de los montos de referencia. POR TANTO, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Suspéndese para el Ejercicio Fiscal 1996 la actualización de los montos prevista en los incisos a) y b) del artículo 79 de la Ley N° 125/91, "QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO", para los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Tributo Único, los cuales se regirán por lo establecido en la Resolución N° 1171 de fecha 19 de diciembre de 1995, dictada por la Subsecretaría de Estado de Tributación.
Art. 2
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
El Presidente de la Repùblica: Juan Carlos Wasmosy
Ministro de Hacienda: Carlos A. Facetti