QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.) LAS FINCAS Nºs. 2.729 Y 236 DEL DISTRITO DE YAGUARON, DEPARTAMENTO PARAGUARI, LUGAR DENOMINADO "ÑUATI CALLE"
Sin vigenciaLEY1995PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/04G8
Expropiación -- Fincas ubicadas en el Distrito de Yaguarón, Departamento de Paraguarí, lugar denominado "Ñuatí Calle", a favor del Ins
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º. - Decláranse de interés social y exprópianse a favor del Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) las Fincas Nº 2.729 y 236, ubicadas en el Distrito de Yaguarón, Departamento de Paraguarí, lugar denominado "Ñuatí Calle", con una superficie total de 12 ha, 4.322 m2 (doce hectáreas con cuatro mil trescientos veintidós metros cuadrados).
Art. 2
Art. 2º.- El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y los propietarios acordarán en un plazo de 90 (noventa) días el precio de las fincas expropiadas. En caso de no haber acuerdo entre las partes podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a los efectos de la determinación judicial del precio.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el seis de diciembre del año un mil novecientos noventa y cuatro y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el seis de abril del año un mil novecientos noventa y cinco.
Atilio Martínez Casado - Evelio Fernández Arévalos - Luis María Careaga Flecha - Víctor Rodríguez Bojanovich.
Asunción, 2 de mayo de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Atilio Martínez Casado (Presidente H. Cámara de Diputados) - Evelio Arévalos (Presidente H. Cámara de Senadores) - Luis María Careaga Flecha (Secretario Parlamentario) - Víctor Rodríguez Bojanovich (Secretario Parlamentario) - Juan Carlos Wasmosy (Presidente de la República) - Arsenio Vasconcellos (Ministro de Agricultura y Ganadería).